EU Inc y despidos en España: desde 2028 tu empresa podría regirse por la ley laboral de otro país

La Comisión Europea quiere cerrar el acuerdo antes de finales de 2026 y aplicar el régimen desde 2028. El sindicato USO advierte de que el formato permitiría registrar empresas en países con protección laboral más baja.

Bruselas ultima el paquete EU Inc.: desde 2028, podrían despedirte con la ley del país donde esté registrada tu empresa aunque sigas trabajando en España. La propuesta sigue abierta, pero el sector legal ya avisa.

La Comisión Europea presentó la propuesta EU Inc. en marzo de 2026 con un objetivo claro: que montar una empresa en la Unión deje de ser un laberinto. El formato propone una sociedad de responsabilidad limitada que se constituya en línea, en cualquier Estado miembro, sin repetir el proceso país por país.

Qué es EU Inc. y qué cambia en tu contrato

Las cifras que maneja Bruselas son concretas: 48 horas para crear la empresa y un coste máximo de 100 euros, sin capital mínimo exigido. Al menos un miembro del consejo de administración tendrá que residir en la UE. Todo digital, todo rápido.

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Hasta ahí, la parte amable. El problema aparece cuando se mira qué ley laboral se aplica a quien trabaja aquí.

Y ojo con el detalle.

Según el comunicado oficial del Parlamento Europeo, y tal y como recoge Mundo Deportivo, la norma no sustituirá a las legislaciones nacionales: será una alternativa paralela a la que las empresas podrán acogerse. Ahí está la puerta que preocupa a los sindicatos.

La empresa se registra donde le conviene; el trabajador, en cambio, madruga donde le toca. Ahí está el nudo del debate.

El sindicato USO lo ha bautizado como 'Régimen 28'. En su perfil de TikTok lanzaba la pregunta: '¿Te imaginas que te despidan con la ley de otro país aunque trabajes en España?'. Su aviso apunta a algo muy concreto: el registro exprés podría servir para crear empresas fantasma en países con estándares bajos, con la plantilla trabajando presencialmente aquí pero amparada por una ley que no la protege.

Cómo te afecta: de la startup al trabajador con contrato indefinido

Para el emprendedor, el atractivo es evidente. Menos burocracia, menos coste, menos tiempo. Para quien tiene una nómina a final de mes, la ecuación es distinta: lo que cambia no es cuánto trabajas, sino bajo qué normativa te pueden despedir, cuánto te corresponde de indemnización y a qué jurisdicción tendrías que reclamar.

La clave está en el registro. La ley aplicable sería la del país donde figure la sede de la empresa, no necesariamente la del lugar donde fichas cada mañana. Y ahí, la diferencia entre un régimen y otro puede ser de miles de euros en un despido.

Cosas de la letra pequeña.

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reforma laboral europea

Las movilizaciones ya están en marcha. La Confederación Europea de Sindicatos, con el respaldo de USO, convocó una protesta en Bruselas el 24 de septiembre y tiene otra prevista para el 20 de octubre.

El precedente: por qué el dumping social no es nuevo

Esto no sale de la nada. Cada vez que Bruselas armoniza normas mercantiles, vuelve el el mismo pulso: quién fija el suelo de protección del trabajador. El dumping social —competir a la baja en derechos para atraer empresas— lleva años sobre la mesa en los debates comunitarios, y EU Inc. lo reabre con un envoltorio más moderno.

Dicho de otro modo: la propuesta vende velocidad y simplificación, que son reales. Lo que no resuelve es la asimetría. Si el registro manda sobre el puesto de trabajo, la protección deja de depender de dónde vives y pasa a depender de dónde le interese registrar la sede a tu empleador. Con eso, la carrera hacia el estándar más bajo es cuestión de tiempo, no de ideología.

Los plazos, además, no son inmediatos. Según el comunicado europeo, el Parlamento y los Estados miembros trabajan en el texto con la idea de cerrar el acuerdo antes de que acabe 2026. La presidenta de la Comisión, Ursula von der Leyen, lo resumió con una frase: 'Una Europa, un mercado, de aquí a 2028. La entrada en vigor se sitúa alrededor de 2028.

Qué mirar a partir de ahora: si el texto final mantiene la libertad de elegir el país de registro para la ley laboral, si incorpora un suelo común de derechos y qué papel juega España en la negociación. El acuerdo de 2026 marcará el terreno.

📅 Dónde y cuándo

  • Plazo: la Comisión prevé cerrar el acuerdo final antes de que acabe 2026; la entrada en vigor apunta a 2028.
  • Quién puede pedirlo: no es una ayuda, sino un régimen societario; podrán acogerse las empresas que operen en varios países de la UE.
  • Cuánto: constitución en 48 horas por un máximo de 100 euros, sin capital mínimo.
  • Dónde se solicita: en un registro digital único aún por concretar; la propuesta sigue en negociación entre el Parlamento Europeo y los Estados miembros.

En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)

  • 💸 ¿Qué ha cambiado? Bruselas propone un régimen que podría dejar tu despido en manos de la ley de otro país.
  • 👥 ¿A quién afecta exactamente? A cualquiera con contrato en España cuya empresa se registre bajo EU Inc.
  • ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Seguir el texto final y el papel que juegue España en la negociación.