Ya está en vigor el primer decreto de vivienda: cambia el alquiler, los desahucios y la compra. El viernes se vota.
El Gobierno aprobó dos decretos de vivienda y el primero, el Real Decreto-ley 29/2026, con una veintena de medidas, entró en vigor el jueves tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La Diputación Permanente del Congreso —el órgano que actúa cuando la Cámara no está en periodo de sesiones— vota el viernes 16 de octubre su convalidación.
Qué cambia desde ya en tu contrato de alquiler
La prórroga es la medida estrella. Los inquilinos con contratos que venzan antes del 31 de diciembre de 2028 pueden pedir una extensión de un año sin que el casero suba la renta por encima de los límites fijados, y hasta un segundo año más si lo solicitan. En las zonas declaradas tensionadas, la prórroga puede llegar hasta los tres años.
El propietario no puede negarse, salvo que necesite la vivienda para sí mismo o para un familiar de primer grado, o que firme un contrato nuevo con una rebaja de al menos el 5%. Si el casero no avisa con cuatro meses de antelación, el contrato se prorroga solo hasta tres años.
Los topes a las subidas llegan a toda España. Hasta el 31 de diciembre de 2027, si la renta supera el límite máximo del índice de referencia oficial, el casero no puede subirla; si está por debajo, solo puede aplicar un alza del 2%.
En la práctica, el decreto da al inquilino más tiempo en su casa y menos gastos, y limita lo que el casero puede subir cada año.
Hay más cambios para los contratos que se firmen desde el 1 de diciembre de 2026. El inquilino podrá marcharse a partir del sexto mes avisando con 30 días y sin pagar indemnización, y no se le podrá repercutir el IBI ni la tasa de basuras.
En cuanto al alquiler temporal, los contratos por temporada no podrán pasar de 12 meses y la causa tendrá que justificarse por escrito, con la prueba en manos del propietario. En el alquiler por habitaciones, el precio no podrá superar el que tendría la vivienda completa como una unidad.
Desahucios, fondos buitre y préstamos al 0%
El texto blinda a las familias vulnerables frente a los desahucios hasta el 31 de diciembre de 2030. Si el casero es un gran tenedor o una entidad especulativa, el juez deberá suspender el lanzamiento y el propietario tendrá que aceptar una prórroga de un año si el inquilino vulnerable la pide.
Si el casero es un pequeño propietario, el juez pedirá a la administración una alternativa habitacional y, si no responde en dos meses, el desahucio se paraliza hasta un máximo de tres años. La excepción: si el propietario también es vulnerable y tiene una o dos viviendas, el proceso sigue.
Otra de las medidas más polémicas afecta a los fondos que el Gobierno llama buitre: no podrán comprar por debajo del 70% de su valor de tasación ni hacerse con paquetes de hipotecas, una restricción que se alarga hasta el 31 de diciembre de 2030. Sí podrán seguir comprando si destinan los inmuebles a alquiler asequible.
Además, el paquete incluye una línea de 10.000 millones del ICO para comprar la primera vivienda, sin límite de edad. Los créditos llegan a 50.000 euros o el 20% del valor de compra, sin intereses y a devolver en diez años.
Por qué la votación del viernes es clave
Estos decretos han tenido un recorrido accidentado: el Ejecutivo ha tenido que aprobarlos por segunda vez. El mecanismo es el habitual en un decreto-ley: la norma entra en vigor al publicarse, pero el Congreso debe convalidarla en un plazo de 30 días o decae.
El Banco de España, por su parte, advierte de la caída de la inversión en vivienda y urge a acelerar la construcción de promociones protegidas. Queda la otra mitad del problema: la oferta de vivienda nueva.
La pelota está ahora en la Diputación Permanente. Si convalida el decreto el 16 de octubre, las medidas seguirán aplicándose tal y como están; si no hay convalidación, el texto decae. Los propietarios, mientras, revisan contratos uno a uno para adaptarse a las nuevas reglas.
📌 En claves: lo que debes saber
- Qué ha pasado: El primer decreto de vivienda entró en vigor el jueves con una veintena de medidas sobre alquiler, compra y desahucios.
- Por qué te importa: Cambia cuánto puedes pagar de alquiler, cuándo puedes irte y qué gastos puede cobrarte el casero.
- A quién afecta: Inquilinos, propietarios, grandes tenedores, fondos de inversión y compradores de primera vivienda.
- Hacia dónde vamos: La Diputación Permanente vota la convalidación el 16 de octubre; si no sale adelante, el decreto decae.




