El Constitucional avala la ley de vivienda y deja en pie el control de precios del alquiler. Lo hace tras rechazar el recurso que la Xunta presentó contra la norma estatal de 2023, según la sentencia que el tribunal acaba de hacer pública.
El aval llega con una mayoría ajustada: siete de los doce magistrados respaldan la sentencia y cinco firman votos particulares en contra. El tribunal da por buenos los dos pilares que más han discutido las comunidades del PP: limitar la renta en las zonas tensionadas y reforzar la protección de los inquilinos vulnerables antes de un desahucio.
Qué ha decidido el Constitucional con la ley de vivienda
El origen está en la ley estatal de vivienda aprobada en 2023. La Xunta, en línea con la tesis del PP, sostuvo que la norma invadía competencias autonómicas y que trataba de forma desigual a los propietarios. El Constitucional descarta los dos argumentos.
El primero era competencial. El Gobierno gallego alegaba que el Estado se metía en la materia de vivienda, que es autonómica. La respuesta del tribunal es que aquí no se legisló sobre vivienda, sino sobre procesos judiciales, un terreno reservado al Estado. Y añade que la ley deja en manos de las administraciones autonómicas y locales la gestión de los servicios de intermediación, lo que a su juicio logra 'una situación de equilibrio razonable'.
El segundo era el de la igualdad. Para el Constitucional, tratar de forma distinta a los grandes propietarios no rompe la igualdad ante la ley. La sentencia recuerda que ese principio 'no exige en todos los casos un tratamiento legal igual' y que la diferencia de trato es válida cuando resulta proporcionada al fin que persigue.
El tribunal avala que la ley trate de forma distinta a los grandes tenedores porque su posición en el mercado no es la de un propietario cualquiera.
Qué cambia para inquilinos y grandes propietarios
¿A quién considera la ley gran tenedor? A quien sea titular de al menos diez inmuebles urbanos de uso residencial, o de cinco si están en una zona de mercado tensionado. Para ellos, la norma fija un desahucio con pasos previos de conciliación o intermediación y plazos más largos que los de un pequeño propietario.
Traducido a la calle: la sentencia blinda el marco que ya aplican las comunidades que han declarado zonas tensionadas y confirma que un gran tenedor no puede desahuciar a un inquilino vulnerable sin pasar antes por ese procedimiento. El tribunal subraya que esos trámites 'no impiden al propietario el ejercicio de las acciones posesorias', solo le imponen una carga temporal 'adecuada y razonable'.
La resolución también descarta que se vulnere el derecho a la propiedad privada o la tutela judicial efectiva. El Constitucional recuerda que la propiedad no es un derecho ilimitado y admite intervenciones públicas 'siempre que se realicen de forma adecuada y razonable' y respondan a un objetivo legítimo. Aquí, dice, ese objetivo es proteger el derecho a la vivienda de las personas en situación de vulnerabilidad económica.
La octava sentencia de una serie que ya marca doctrina
Esta resolución no llega sola. Es la octava y última de una serie de sentencias del Constitucional que han ido rechazando recursos de varias comunidades y del PP contra la misma ley, todas en la misma dirección. Eso convierte el texto de 2023 en una norma con un aval repetido, no en un caso aislado.
En varias de las alegaciones de la Xunta, el tribunal se limita a remitirse a lo ya resuelto en esos fallos previos y solo profundiza en las dos cuestiones propias de este recurso. El mensaje de fondo es el mismo: la vivienda tiene una función social y el legislador puede modular los derechos de propiedad e igualdad para protegerla.
El fallo deja poco margen para un nuevo intento por esta vía. Quienes defienden la ley subrayan que refuerza la seguridad jurídica de los inquilinos y de las comunidades que apliquen los topes; quienes la critican sostienen que desincentiva el alquiler y penaliza a los propietarios. La pelota vuelve ahora al terreno autonómico y municipal, donde se decide qué zonas se declaran tensionadas y cómo se aplican los límites.
📌 En claves: lo que debes saber
- Qué ha pasado: El Constitucional rechaza el recurso de la Xunta y avala la ley estatal de vivienda de 2023, con siete votos a favor y cinco particulares.
- Por qué te importa: La sentencia mantiene en pie el control de precios en zonas tensionadas y los desahucios con más garantías para inquilinos vulnerables.
- A quién afecta: A inquilinos, a grandes tenedores de vivienda (diez inmuebles o cinco en zona tensionada) y a las comunidades que declaren esas zonas.
- Hacia dónde vamos: El aval cierra la vía del recurso autonómico; la aplicación de los topes queda ahora en manos de comunidades y ayuntamientos.



