El decreto de vivienda en vigor paraliza los desahucios de personas vulnerables

La norma se publicó en el BOE el 7 de octubre y protege a los inquilinos vulnerables hasta 2030. Las comunidades autónomas deberán ofrecer una vivienda alternativa en dos meses o asumir la deuda.

El decreto de vivienda ya está en vigor y frena los desahucios de los inquilinos vulnerables. La norma, recogida en el texto publicado en el BOE, blinda a las familias que alquilan pisos en manos de grandes tenedores y fondos buitre.

Todo ocurre con las Cortes disueltas por la convocatoria de las elecciones generales del 29 de noviembre. Su continuidad depende ahora de la convalidación en la Diputación Permanente, el órgano que sustituye al Congreso durante este periodo.

¿Qué cambia exactamente con el decreto de vivienda?

La paralización se extiende hasta el 31 de diciembre de 2030 cuando quien demanda es un fondo o una entidad dedicada a la compra masiva de créditos impagados o de inmuebles por debajo del valor de mercado. Para el resto de demandantes, la suspensión es de hasta tres años y se revisa cada año.

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En las ejecuciones hipotecarias sobre la vivienda habitual, la parte que ejecuta tendrá que declarar si es gran tenedor, es decir, si acumula una cartera relevante de viviendas. La compra por menos del 70% de la tasación queda prohibida hasta finales de 2030.

El mecanismo que más van a notar los inquilinos es la enervación extraordinaria, una figura procesal que se implanta con carácter estructural en los desahucios por impago. Cuando un inquilino vulnerable afronta un juicio de este tipo, la administración tiene dos meses para ofrecer una vivienda alternativa.

El blindaje más duro se mantiene hasta diciembre de 2030; en el resto de los casos, la suspensión se revisa cada año.

Si no cumple ese plazo, la ley obliga a esa administración a pagar al propietario o a depositar en el juzgado la deuda completa, las rentas pendientes y los costes del juicio. Ese pago salda lo que se debía y frena el desahucio.

Y si pasan los dos meses sin vivienda ni dinero, la entidad pública pasa a ser la deudora oficial: el inquilino puede seguir en la casa mientras dure el contrato y mantenga su situación de vulnerabilidad. El Estado compensará a las comunidades autónomas.

¿A quién afecta y cómo?

La protección recae sobre los inquilinos en situación de vulnerabilidad económica, familias que no pueden pagar la renta. En el otro lado quedan los grandes tenedores y los fondos, que ven limitada su capacidad de desalojar.

Los ayuntamientos y las comunidades autónomas asumen la parte más operativa: buscar la vivienda alternativa y adelantar el dinero cuando no la encuentren.

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Fuera de los desahucios, el decreto aprieta a los alquileres temporales sin causa justificada: los contratos encadenados pasarán a considerarse de vivienda habitual. La suma de las rentas por habitaciones no podrá superar el precio del alquiler de la casa completa.

Las ofertas deberán incluir el índice de precios, y las rentas de los últimos cinco años, y los gastos de gestión inmobiliaria no podrán repercutirse al inquilino. Las multas para las plataformas turísticas llegan a un millón de euros.

En el IRPF, bajar el precio del alquiler dará reducciones de hasta el 100% en zonas tensionadas y del 70% en alquiler social. Los inquilinos con bases imponibles inferiores a 33.007,2 euros tendrán una deducción del 10% del alquiler.

Lo que viene: convalidación y segundo decreto

El primer pulso llega en la Diputación Permanente. Si el decreto no se convalida, las medidas decaen; si sale adelante, seguirá desplegándose por fases. La otra pieza clave es la capacidad de las comunidades autónomas para responder en dos meses.

Mientras, el segundo decreto de vivienda entra en vigor el 15 de noviembre, aunque su futuro es más incierto. Incluye prórrogas tácitas de cinco o siete años una vez agotado el plazo mínimo y amplía el preaviso del propietario de cuatro a seis meses.

También obliga al arrendador que no renueva a indemnizar al inquilino con la cantidad mayor entre doce mensualidades o una mensualidad por año residido, salvo causas justificadas.

En paralelo, el decreto ya en vigor moviliza otras herramientas: la línea 'Tu Casa' destinará 10.000 millones a financiar sin intereses hasta el 20% de la compra de una primera vivienda y el Fondo de Vivienda de Impacto Social contará con 400 millones.

📌 El foco social: las claves

  • 🔎 Qué es lo importante: El decreto de vivienda entra en vigor y frena los desahucios de inquilinos vulnerables en pisos de grandes tenedores.
  • 👥 Quiénes son los afectados: Familias que no pueden pagar el alquiler, grandes tenedores, fondos de deuda y administraciones públicas.
  • ➡️ Qué consecuencias puede traer: Más protección frente al desalojo y nuevas obligaciones de vivienda alternativa para las comunidades autónomas.