Consumo expedienta a un portal inmobiliario: vigilará el decreto de vivienda con multas de 100.000 euros

El expediente abierto por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 parte de una denuncia de CECU contra Idealista, Fotocasa y Alquiler Seguro. Las multas previstas pueden alcanzar los 100.000 euros.

El Ministerio de Consumo ha abierto un expediente sancionador a un portal inmobiliario que opera en toda España. La investigación arranca tras una denuncia de la Federación de Consumidores y Usuarios (CECU) contra Idealista, Fotocasa y Alquiler Seguro por presuntas irregularidades en la información energética de sus anuncios.

En juego están las posibles prácticas comerciales desleales contra los consumidores y usuarios. El nombre de la plataforma afectada no se ha hecho público: el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 sostiene que no puede dar información sobre un expediente sancionador en curso.

Lo llamativo es que se trata de la primera vez que Consumo abre un expediente de este tipo por una infracción que se atribuye directamente a la plataforma. En ocasiones anteriores, los procedimientos se dirigían a la información que los propietarios habían colgado en sus anuncios, no al comportamiento del propio portal.

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El ministerio recuerda que estas conductas constituyen una infracción administrativa. La sanción prevista puede llegar a multas de hasta 100.000 euros o de entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.

Qué ha detectado la denuncia de CECU

La federación celebra la apertura del expediente y explica su origen: detectó irregularidades en la presentación de la información energética en los anuncios de esos tres portales. 'La obligación de informar sobre la etiqueta energética lleva vigente desde el 2021', recuerdan desde CECU.

CECU aclara también que desconoce qué plataforma concreta ha sido expedientada. El ministerio guarda silencio sobre el nombre y se limita a confirmar que el procedimiento sigue abierto y que afecta a un portal con actividad en todo el país.

La etiqueta energética es obligatoria en los anuncios de alquiler desde 2021: si un portal no la muestra, incumple una norma vigente.

Qué tendrán que incluir los anuncios de alquiler

El segundo frente abierto por Consumo es el nuevo real decreto-ley de vivienda, aprobado el 7 de octubre en el Consejo de Ministros. Su artículo 20 establece que la oferta o publicidad que publiquen los portales tendrá que incluir, al menos, el índice de referencia del precio del alquiler, el sistema oficial que fija un precio orientativo para cada vivienda y cada zona.

Además, cuando exista, deberá figurar la renta del último contrato de arrendamiento de vivienda habitual vigente en los cinco años anteriores. La exigencia vale para los anuncios de cualquier ciudad, esté o no declarada como zona tensionada, según precisa el ministerio.

En las zonas tensionadas —aquellas donde el precio del alquiler se ha disparado y la ley permite topes— habrá que publicar también el límite de renta aplicable y la condición de gran tenedor del arrendador, es decir, si el propietario acumula una cartera amplia de viviendas.

Con esos datos sobre la mesa, el consumidor podrá comparar lo que pide el casero con el precio que se considera adecuado y comprobar si la renta ha subido respecto al contrato anterior. El ministerio enviará en las próximas horas una circular a las grandes plataformas para detallarles las nuevas obligaciones.

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La idea es que el interesado vea esa información en el momento en que se fija en un piso, no después de llamar o de visitarlo. De momento, la circular sirve de aviso previo a las plataformas sobre lo que se les va a exigir.

Cómo te afecta al bolsillo y dónde puedes reclamar

No es un movimiento aislado. El pasado mes de abril, el departamento ratificó una multa de 3,6 millones de euros a Alquiler Seguro por prácticas abusivas contra inquilinos. Un mes después, en mayo, abrió otro expediente a una gran inmobiliaria por la imposición de un seguro de impago, penalizaciones desproporcionadas por retrasos en la entrega de la vivienda, y gastos injustificados vinculados al cambio de titularidad de los suministros.

La diferencia ahora está en el foco. Ya no se revisa solo lo que publica el propietario, sino cómo funciona el propio portal. Para el inquilino, la traducción es muy concreta: podrás comprobar si el precio que te piden es razonable comparándolo con el índice oficial, una referencia que hasta ahora no siempre estaba a la vista.

Cuando la norma esté en vigor, si encuentras un anuncio que no incluye el índice de referencia o que ignora la etiqueta energética obligatoria desde 2021, puedes trasladarlo a asociaciones como OCU, Facua o CECU, o a tu oficina municipal de consumo. Estas entidades tramitan reclamaciones y, si el caso lo permite, acompañan al afectado ante la Junta Arbitral de Consumo.

🛒 La ficha de consumo

  • ⚠️ Problema: Consumo ha abierto un expediente a un portal inmobiliario por prácticas comerciales desleales.
  • 💸 Posibles consecuencias: La sanción puede alcanzar los 100.000 euros o multiplicar por cuatro o seis el beneficio ilícito.
  • ✅ Consejos para solucionarlo: Comprueba que el anuncio incluye la etiqueta energética y, cuando la norma esté en vigor, el índice de referencia.
  • 🏁 Resultado final: Podrás comparar el precio del alquiler con el considerado adecuado antes de firmar.