El Ministerio de Trabajo ultima un real decreto que vigilará los despidos de mayores de 50 en empresas con beneficios. Las multas por esquivar ese control pueden llegar a 250.000 euros. La norma, aún en tramitación, sitúa al SEPE en el centro de la fiscalización y recorta el margen que muchas compañías han usado para salir de sus plantillas más veteranas sin pagar la factura pública.
Traducido: si tu empresa gana dinero y prescinde de ti después de los 50, tendrá que justificar cada salida, una por una, ante la administración. Y si no lo hace, se expone a una sanción.
Qué obliga el nuevo decreto a las empresas
La pieza clave existe desde 2011. Se la conoce como la enmienda Telefónica, el mecanismo que obliga a las compañías rentables, de más de 100 trabajadores, que ejecutan un ERE a devolver al Tesoro Público el dinero que el Estado gasta en prestaciones, subsidios y cotizaciones de los despedidos de 50 o más años. El objetivo original: que una empresa saneada no descargue su reestructuración en la caja del paro.
El problema es que esa factura puede superar las decenas de millones de euros. Y ahí llegó el atajo. Muchas compañías pactaban salidas individuales con sus empleados de más edad para no incluirlos en el despido colectivo oficial y esquivar el pago. El real decreto que prepara el departamento de Yolanda Díaz cierra esa puerta: suma también esos despidos individuales ajenos a la voluntad del trabajador, las llamadas Causas No Inherentes, a la liquidación final.
Cómo te afecta si tienes más de 50 años
Y aquí viene lo importante. Cuando el decreto entre en vigor, serán las propias empresas las que remitan al SEPE la certificación detallada de la operación, sin pasar por la Autoridad Laboral. Ya no bastará con cuadrar el expediente formal: se auditarán también despidos objetivos individuales, disciplinarios o extinciones de mutuo acuerdo firmadas antes y después del ERE.
El decreto no prohíbe despedir a un mayor de 50: obliga a que esa salida pase por el SEPE y se pague lo que corresponda al Estado.
La lógica es sencilla: que ninguna salida de un mayor de 50 quede sin compensar al Estado. Si la empresa no envía la información en plazo, el SEPE avisará de inmediato a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
El incumplimiento está tipificado como infracción 'muy grave' en el artículo 8.18 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, con sanciones que pueden superar los 225.000 euros y llegar hasta los 250.000. Y eso al margen de la aportación económica que la empresa deba liquidar. Si alega que el despido era imputable al trabajador o que hubo recolocación real, tendrá que demostrarlo por escrito para no perder las deducciones.
Un mecanismo de 2011 que el decreto refuerza
La historia de esta figura ayuda a entender el movimiento. La aportación económica al Tesoro nació en 2011 para que las grandes empresas con beneficios no financiaran sus reestructuraciones con dinero público. El sistema ha funcionado a medias: la factura era tan alta que muchas compañías preferían pactar salidas individuales antes que formalizar un despido colectivo. Cada intento de ajustar el mecanismo se ha topado con la misma pregunta: cómo distinguir una salida pactada de una imposición encubierta.
El nuevo real decreto responde con control documental: obliga a declarar y a justificar, y deja el peso de la prueba en la empresa. Quien lo defiende sostiene que cierra un agujero por el que se escapaban millones; quien lo mira con recelo advierte de más burocracia para las compañías que sí cumplen.
Sobre el calendario, eso sí, no hay duda: el texto sigue en audiencia pública y, antes de aplicarse, tendrá que pasar por el Consejo de Ministros y publicarse en el BOE. El Ejecutivo quiere tenerlo listo antes de que las elecciones generales reordenen el tablero político. El mismo paquete incluye otra medida: facilita cobrar el paro de golpe para montar un negocio aunque el trabajador esté pleiteando con su antigua empresa.
📌 En claves: lo que debes saber
- Qué ha pasado: El Ministerio de Trabajo ultima un real decreto que obliga a las empresas con beneficios a declarar al SEPE cada despido de un trabajador de 50 o más años.
- Por qué te importa: Tu salida tendrá que justificarse ante la administración y la empresa no podrá camuflarla en un pacto individual para ahorrarse el pago al Estado.
- A quién afecta: A trabajadores de 50 o más años y a empresas de más de 100 empleados con beneficios que ejecuten un despido colectivo.
- Hacia dónde vamos: El texto sigue en audiencia pública y tramitación antes de llegar al Consejo de Ministros y publicarse en el BOE.




