Desde hoy, 5 de octubre, tu empresa debe explicarte por escrito cómo funciona el algoritmo laboral que fija tus turnos y tu sueldo.
El texto que lo hace posible es el Real Decreto 723/2026, la norma con la que España traspone por fin la directiva europea 2019/1152, cinco años después de que tocara. El nombre técnico del cambio es transparencia algorítmica. Traducción rápida: si un sistema automatizado decide algo que te afecta en el curro, tienes derecho a saber con qué criterios lo decide.
Qué tiene que contarte tu empresa (y qué no está obligada a enseñarte)
La obligación empieza con un aviso. El artículo 3 del real decreto es explícito: la empresa tiene que informarte de 'la existencia de sistemas algorítmicos o automatizados de toma de decisiones'. O sea, si es una máquina, y no una persona, la que reparte tu carga de trabajo según la demanda, y eso acaba moviendo tu nómina, tienes que saberlo.
Ahora viene lo interesante. Avisar no basta, hay que explicar. Cuando el sistema, o directamente una IA, fija la jornada, reparte tareas o calcula salarios, la empresa también debe detallarte las pautas, criterios y reglas de funcionamiento del algoritmo. En cristiano: qué variables entran en la ecuación y cuánto pesa cada una en tu día a día.
El papel llega antes de empezar. La información debe estar por escrito antes de que ocupes el puesto, dentro del contrato o en un documento aparte. El SEPE ya tiene publicado un modelo que se llama, tal cual, Documento informativo sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo, y está disponible en el portal del SEPE.
Saber que existe un algoritmo no te sirve de nada si no sabes con qué criterios te está midiendo cada semana.
A quién protege: de los turnos que te tocan a la nota que decide tu despido
La horquilla es más ancha de lo que parece. La norma cubre los algoritmos que reparten jornada, tareas y retribución variable, y también los que puntúan tu candidatura cuando hay un ascenso en juego. Y esos otros que, sin avisar, marcan qué factores te acercan a la salida.
Ojo con lo que la ley no te da. Nadie está obligado a entregarte el código fuente ni a desmontar el sistema delante de ti. 'Nadie está obligado a entregar su modelo', confirmaba Jonatan Amenedo, CEO de Welpay, en declaraciones a ABC. Lo que sí te deben es información suficiente para entender por qué se tomó la decisión y, sobre todo, para poder rebatirla.
Hay un matiz que cambia el juego: hasta ahora este derecho era colectivo. Lo tenían el comité de empresa y los sindicatos, no tú. Con el nuevo texto, cualquier trabajador puede pedir información sobre el algoritmo de forma individual, sin esperar a que su representación sindical mueva ficha.
La caja negra sigue ahí, pero ya tiene una rendija
Conviene mirar la hemeroteca para entender por qué Bruselas se ha puesto tan pesada con esto. En 2015, Amazon descubrió que su sistema de selección de personal penalizaba los currículums con la palabra 'femenino' y bajaba la nota a las graduadas de universidades solo para mujeres. En Italia, el Garante de protección de datos sancionó con 5 millones de euros a Foodinho, filial de Glovo, por tratar de forma ilícita los datos de más de 35.000 repartidores: los repartidores no podían discutir decisiones que no había tomado ninguna persona.
En España ya había algo. La Ley Rider dio al comité de empresa el derecho a conocer los parámetros, reglas e instrucciones de los algoritmos, y el artículo 64.4.d del Estatuto de los Trabajadores, el RGPD (el reglamento europeo que regula el tratamiento de tus datos personales) y el Reglamento de IA de la UE ya apuntaban en la misma dirección. La diferencia ahora es el destinatario: antes era el sindicato, ahora eres tú.
Mi lectura: es un avance real y, a la vez, una rendija estrecha. Te da el derecho a entender y a discutir, pero no a auditar. Si tu empresa contesta con cuatro líneas genéricas, la norma no te da herramientas para obligarla a profundizar. Ahí está la pelea de los próximos meses: si los tribunales leen 'pautas y criterios' como cortesía o como algo que permita tumbar una decisión.
Lo que puedes hacer desde ya: pide por escrito la información si no te la han dado, guarda el documento con su fecha, y si la respuesta es un folio vacío, llévalo a tu representación sindical. El reloj ya corre: no hay plazo que agotar, es un derecho que acompaña a tu contrato desde el primer día.
📅 Dónde y cuándo
- Plazo: En vigor desde el 05/10/2026. No caduca: es un derecho ligado a tu contrato, sin fecha límite.
- Quién puede pedirlo: Cualquier persona con contrato laboral en una empresa que use algoritmos o IA para turnos, tareas, retribución, ascensos o despidos.
- Cuánto: Nada: no es una ayuda económica. Es información por escrito, gratuita y previa al inicio del trabajo.
- Dónde se solicita: No se solicita: la empresa debe entregártelo. El modelo de referencia está publicado en el portal del SEPE.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado? Tu empresa debe explicarte por escrito cómo funciona el algoritmo que organiza turnos, tareas y sueldo.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? A cualquier asalariado cuyo centro use sistemas automatizados para decidir jornada, retribución, ascensos o despidos.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Pide el documento por escrito, guárdalo con fecha y coméntalo con tu representación sindical si es genérico.



