Especial 20 Aniversario

Las nuevas ‘cartas del miedo’ que está enviando el SEPE: puedes perder el paro o subsidios

Son muchos los que desconocen que, de no respetarse las reglas, el SEPE, el Servicio Estatal de Empleo, puede enviar una carta o notificación oficial que puede suponer una auténtica sorpresa y no precisamente buena. Son las que se conocen como ‘cartas del miedo’. Sobre todo en lo que se refiere a las personas que están recibiendo el subsidio o la ayuda del paro.

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Una comunicación muy especial, pues se conoce como la ‘carta del miedo’ del SEPE, y que es importante conocer bien. Hablamos del que es un aviso formal de parte del Servicio Público de Empleo Estatal, que alerta de que se ha detectado algún incumplimiento en los requisitos para seguir recibiendo la prestación.

REGRESAN LAS ‘CARTAS DEL MIEDO’ DEL SEPE: TE PUEDEN QUITAR LA AYUDA DEL PARO

Algunas veces el problema se resuelve de manera sencilla, pero en otros casos puede derivar en la suspensión o pérdida total del paro o subsidio. Por eso, revisar el buzón se ha vuelto casi una obligación, porque el tiempo para reaccionar es limitado.

En esta situación, muchas personas se preguntan qué han hecho mal o por qué les ha llegado esa carta. Y la respuesta está en las normativas del SEPE, que recoge diferentes niveles de infracción: leves, graves y muy graves. Cada una tiene consecuencias distintas, pero todas pueden desembocar en la misma consecuencia temida: perder el dinero que garantizan este tipo de ayudas.

Cartas Del Miedo Sepe Paro Subsidios Fuente: Europa Press
Cartas Del Miedo Sepe Paro Subsidios Fuente: Europa Press

En su propia página web, el SEPE detalla las infracciones por las que se manda estas notificaciones. Las leves incluyen, por ejemplo, no comparecer en las oficinas o agencias de colocación cuando se requiera, no devolver los justificantes de asistencia o no facilitar la información necesaria para recibir las comunicaciones.

PARA LAS INFRACCIONES GRAVES Y MUY GRAVES NOS COMNICAN QUE DISPONEMOS DE 15 DÍAS PARA PRESENTAR ALEGACIONES

Por su parte, las infracciones graves abarcan rechazar ofertas de empleo adecuadas sin causa justificada o trabajar sin comunicar la baja en la prestación. Por último, las muy graves se refieren a situaciones de fraude, como prolongar indebidamente la ayuda con documentos falsos o compatibilizar la prestación con un trabajo no permitido. Estas son las infracciones que nos marcan desde el Servicio Estatal de Empleo, lo que puede hacer que perdamos algún tipo de ayudas o el mismo paro.

  • No comparecer ante el SEPE o las agencias de colocación cuando existe un requerimiento previo, salvo causa justificada.
  • No devolver al SEPE o las agencias de colocación el justificante que acredita que el beneficiario ha comparecido en el lugar y la fecha indicados para cubrir las ofertas de empleo.
  • No cumplir con las exigencias del acuerdo de actividad, salvo causa justificada o de fuerza mayor.
  • No facilitar al SEPE la información necesaria para garantizar la recepción de notificaciones y comunicaciones.

En la página web del SEPE podemos encontrar un listado de infracciones, categorizadas entre leves, graves y muy graves, que, de cometerlas, harían que el SEPE te enviara una carta, la conocida como ‘carta del miedo’.

Sepe Fuente: Europa Press
Sepe Fuente: Europa Press

LAS SANCIONES LEVES SUPONEN LA PÉRDIDA DE UN MES DE CUALQUIER AYUDA

Como tal, en la carta nos van a indicar que disponemos de 15 días hábiles para presentar alegación en el SEPE. Así que intenta hacerlo lo más rápido posible. Puedes hacerlo de forma presencial, pidiendo cita en alguna oficina del SEPE para gestionar la respuesta; o bien a través de la sede electrónica del organismo. En ambos casos deberás contar con un número de presentación.

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Las sanciones dependerán del grado de infracción. Las leves podrían suponer la pérdida de un mes de tu ayuda; las graves, de tres meses; y las muy graves, extinguen toda la ayuda. Además, si eres reincidente, la pérdida será superior, hasta el punto de perder toda la ayuda e incluso de que no puedas acceder a las ayudas por un tiempo. Junto con esto, y dependiendo del motivo por el que se inició la sanción, también podrías tener que devolver las cantidades percibidas de manera indebida. 

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