El pleno del Senado ha aprobado este miércoles de forma definitiva la ‘Ley Ciclista’, la Ley Orgánica de modificación del Código Penal que afecta a las imprudencias en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y que corrige la despenalización que se encontraba vigente desde 2015. Esta normativa entrará en vigor cuando sea publicada en el BOE y servirá para ampliar la protección de las víctimas de accidentes de tráfico a través de volver a penalizar las imprudencias, materia importante tras las cifras de este verano.
La novedad modifica el concepto de imprudencia grave, que ahora podrá ser perseguible de oficio, pudiendo ser los jueces los que inicien el procedimiento si consideran que hay imprudencia grave, sin tener que ser solicitado por la víctima. Además, los fiscales también estará facultado para impulsar este tipo de procedimientos penales. Se prevé además que el procedimiento penal lo pueda iniciar una autoridad administrativa cuando se aprecie una imprudencia vial haya o no accidentes o víctimas, algo que antes solo se podía a instancia de parte y solo si el juez detectaba una imprudencia de mayor o menor gravedad.
En la votación, que se ha producido tras el debate, el apoyo ha sido de 144 senadores, con 112 abstenciones y cuatro votos en contra. De este modo, y tras el apoyo mayoritario de la Cámara alta, la iniciativa queda aprobada definitivamente. En concreto, la norma ha contado con el voto a favor de todos los partidos con representación en el Senado, a excepción de Vox, que ha decidido votar en contra y PP y PNV que han optado por la abstención.
Tal y como se recoge en el texto de la norma, esta modificación responde a la indefensión en la que se han encontrado peatones o ciclistas, víctimas de accidentes de tráfico, en atropellos por ejemplo, cuando pese a existir «indicios de imprudencia graves», se archiva la causa porque los tribunales los consideran «leves» y, por tanto, carentes de responsabilidad penal, aplicando los resquicios que deja la ley en su interpretación.