¿Te pueden poner una multa por negarte a la vacuna de la Covid?

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Las vacunas del Covid ya están entre nosotros y empieza a haber una buena parte de la población que está siendo vacunada. En un principio el gobierno afirmó que ponerse la inyección sería voluntario para todo el que quisiera. Pero parece que las cosas han cambiado. La carrera para encontrar una solución al coronavirus ha durado un año y cada vez están llegando más vacunas de otras empresas. Hay algunas recomendadas para más jóvenes y otras para más mayores. Pero el periodo no ha sido suficiente.

Entre distintos bulos y pseudo expertos científicos se ha lanzado el rumor de que las vacunas del Covid no son seguras. Es cierto que el periodo de investigación ha sido demasiado corto. Esto no ha permitido estudiar a fondo los efectos secundarios que la dosis puede tener en el cuerpo humano. Así que se intenta recabar la máxima información posible con los nuevos vacunados. En Madrid ya están empezando a llegar las dosis y los mayores de 80 años y algunos profesionales ya están siendo avisados para que pasen por su centro de salud a vacunarse. Pero pueden negarse. La pregunta ahora es si la comunidad o el gobierno puede sancionarles por no vacunarse contra el Covid.

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Se puede modificar la ordenanza

A día de hoy la vacunación contra el Covid es voluntaria en España. Al contrario que en otros países de la Unión Europea o de otros continentes, aquí se puede decidir si ir o no ir a recibir la dosis correspondiente. En otros países es obligatorio y no hay opción a negarse.

Pero esta decisión no es fija e inamovible. Cabe la posibilidad de que el mismo gobierno pueda modificar la Ley. Esto es debido a que estamos en crisis sanitarias o epidemias y le deja manos libres para legislar.

Esta posibilidad se contempla en la Ley Orgánica del 4/1986 titulada Medidas especiales en Materia de Salud Pública. En el segundo artículo se puede leer: “Las autoridades sanitarias competentes podrán adoptar medidas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando se aprecien indicios racionales que permitan suponer la existencia de peligro para la salud de la población debido a la situación sanitaria concreta de una persona o grupo de personas o por las condiciones sanitarias en que se desarrolle una actividad”.