La defensa de Fernández pide absolverle de Acyco por el «desierto probatorio»

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha continuado este martes con la fase de informes de las partes del juicio relativo a las subvenciones autonómicas concedidas a la empresa de Dos Hermanas (Sevilla) Aceitunas y Conservas (Acyco), una pieza separada de la macro causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares o innecesarios y las ayudas directas y sin publicidad, con cargo a los presupuestos de la Junta de Andalucía.

Durante la sesión, Alfonso Martínez del Hoyo, abogado defensor del exconsejero de Empleo Antonio Fernández, ha solicitado la absolución del mismo, ante el «clima de desertización probatoria» que la vista oral arroja con relación a los cargos atribuidos al exconsejero, a quien las acusaciones achacan «conocer y consentir» los hechos» investigados, pero «sin explicar cómo o cuándo habría conocido» o tolerado las actuaciones señaladas, tanto en su papel de consejero como en su rol previo de viceconsejero, según el letrado.

Y es que según ha avisado, Antonio Fernández «no ha suscrito un sólo documento relacionado» con los fondos autonómicos cosechados por Acyco y sometidos a investigación y ni en las conclusiones ni en los informes finales de las acusaciones (la Fiscalía, la Junta y el PP andaluz) figuran «hechos concretos protagonizados por Antonio Fernández. Así, ha achacado a las acusaciones el «no dar explicación cumplida» de los hechos que se pudiesen atribuir a Fernández.

Además, y especialmente, Martínez del Hoyo ha señalado la decisión del tribunal de no acceder a la petición de excluir del juicio a los ex altos cargos de la Junta de Andalucía ya juzgados por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla por el denominado como «procedimiento específico» mediante el cual eran financiadas las subvenciones para los ERE o para las empresas.

Fruto de aquel juicio, Antonio Fernández fue condenado a siete años, once meses y un día de cárcel por un delito continuado de malversación y a 19 años, seis meses y un día de inhabilitación especial por un delito continuado de prevaricación.

Aunque las defensas de los ex altos cargos de la Junta afectados por dicha causa judicial y enjuiciados por las ayudas a Acyco esgrimían el principio ‘non bis in idem’, que impide que un mismo hecho resulte sancionado más de una vez, y el criterio marcado en ese sentido por la Sección Séptima de la Audiencia respecto a las piezas separadas de los ERE; la Sección Tercera resolvió que los hechos juzgados sobre Acyco «no han sido objeto de enjuiciamiento en el denominado procedimiento específico» juzgado por la Sección Primera con la sentencia ya descrita.

Invocando el mencionado criterio de la Sección Séptima de la Audiencia, el abogado de Antonio Fernández ha rememorado el auto de fecha 2 de enero de 2018 emitido por dicha instancia de la Audiencia excluyendo al exconsejero de esta pieza separada en aplicación del citado principio ‘non bis in ídem’, lo que según ha indicado implicaba una «anulación» del auto de procedimiento abreviado emitido respecto a dicha causa y con relación a Fernández y, por ende, del auto de apertura de juicio oral.

UNA SITUACIÓN «ESCANDALOSA»

En ese sentido, el abogado de Fernández ha alertado de que como consecuencia de la decisión de «revertir» dicha decisión «primera» de la Sección Séptima, el tribunal de la Sección Primera está incurriendo en un «grave error» y propiciando una situación «escandalosa» que «excede ciertos límites infranqueables» porque «no se puede juzgar a nadie sin auto de apertura de juicio oral» y, según ha insistido, la Sección Séptima anuló en enero de 2018 el auto de procedimiento abreviado, con las correspondientes consecuencias en el auto de apertura de juicio derivado del anterior.

A tal efecto, ha avisado que su criterio de la «imposibilidad» de juzgar a Fernández por las ayudas a Acyco se ha visto reforzado por un reciente auto en el que la Sección Séptima excluye al exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, también acusado en este juicio, de la pieza relativa a las ayudas autonómicas a la empresa EDM Séneca, precisando expresamente que tal extremo deja sin efecto la apertura de juicio oral contra Barberá.

Del mismo modo, ha señalado la también reciente decisión del juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, de excluir a Fernández de la pieza correspondiente a los ERE promovidos por Mercasevilla con cargo a los fondos autonómicos, desestimando así la petición de la Fiscalía de llamar a tal causa al exconsejero, que según indicaba el juez en un auto recogido por Europa Press ya ha sido juzgado por el denominado como «procedimiento específico» de los ERE.

UN «REVIVAL» DEL JUICIO DEL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO

Así, ha lamentado que el procedimiento judicial correspondiente a las ayudas a Acyco se haya convertido en una suerte de «revival en pequeñito» del juicio celebrado por la Sección Primera de la Audiencia por el «procedimiento específico», cuando con relación a Fernández, «todas las ayudas con cargo a la partida 31L (de los presupuestos autonómicos andaluces) ya han sido juzgadas como (presunto) delito continuado».

Todo ello le ha llevado a insistir en la idea de que el exconsejero Fernández «no debería haber sido sometido a juicio» por las subvenciones a Acyco, algo que ha considerado de nuevo como un «grave error judicial».

LA «ÚLTIMA OCASIÓN»

En ese sentido, Martínez del Hoyo ha avisado de que la Sección Tercera de la Audiencia está ante su «última ocasión para restaurar el orden jurídico» que a su entender ha sido vulnerado, absolviendo a Fernández y facilitando así una «salida» a la situación, «aunque sea por la puerta de atrás». No obstante, ha pedido que se reconozca que «no se debió juzgar» a Antonio Fernández por las ayudas a Acyco.

Es más, el abogado defensor de Fernández ha manifestado que tras «40 años» de experiencias y unos «mil informes» defendidos con relación al mismo número de causas judiciales, esta «grave» situación le está haciendo «perder la fe inquebrantable en el derecho», pues «se está juzgando a una persona» sin auto que rija procedimiento abreviado, algo «inconcebible» según ha alertado.