Sanidad admite que el «contagio importante» se produjo antes del 8M y un juez investigará si hubo delito

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha reconocido este miércoles que el pico de contagios «se produjo a finales de febrero», según la información aportada por los expertos y científicos.

Es decir, gran parte de los contagios se produjo antes de la polémica manifestación del 8 de marzo que reunió a miles de personas en el centro de Madrid, el mitin multitudinario de Vox en Vistalegre o los diferentes partidos que reunieron gran cantidad de gente en estadios.

«Lo que detectamos la tarde noche del día 8 de marzo quiere decir que se produjo ocho o diez días antes, estimamos que hacia la última semana de febrero es cuando se produjo el contagio importante en algunas partes del territorio español, en concreto, en la Comunidad de Madrid», afirmó.

Salvador Illa, no obstante, evitaba responder sobre si fue un error autorizar dichos eventos.

LOS TRIBUNALES INVESTIGARÁN SI HUBO DELITO AL PERMITIR LAS CONCENTRACIONES

La titular del juzgado de instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez Medel, ha decidido incoar diligencias previas respecto del delegado del Gobierno en la comunidad autónoma por permitir la manifestación feminista del 8-M cuando ya existía una recomendación del Centro Europeo para el Control y la Prevención de Enfermedades que advertía del peligro de las concentraciones por la expansión del Covid-19.

Este juzgado ha recibido por reparto de decanato la denuncia de un particular contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y contra todos los delegados de Gobierno de las diferentes comunidades autónomas, así como Ceuta y Melilla, por no haber prohibido concentraciones multitudinarias entre el 5 y el 14 de marzo.

La denuncia hace hincapié en que la manifestación multitudinaria del 8 de marzo contravenía la recomendación del citado centro europeo de control, que fue difundida el día 2 de marzo. La jueza abre diligencias previas respecto al delegado de Gobierno de Madrid, por ser el único sobre el que tiene competencia.

Por esta razón, insta al denunciante a trasladar su denuncia contra el resto de personas que cita ante los órganos competentes en caso de que lo estime oportuno. Y en ese sentido le informa de que la denuncia contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, debe dirigirse a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, y la dirigida contra el resto de delegados de Gobierno, ante los órganos judiciales de sus comunidades autónomas.

Las presentes diligencias previas se incoan frente al delegado de Gobierno de la Comunidad de Madrid por un presunto delito de prevaricación administrativa y/o lesiones por imprudencia profesional. En el marco del procedimiento, la juez ordena una batería de diligencias de investigación a la Guardia Civil y al médico forense, con expresa advertencia de que no son urgentes y que deberán, por tanto, practicarse cuando su disponibilidad lo permita a la vista de la evolución del estado de alarma.

La denuncia la presentó el pasado 20 de marzo el abogado Víctor Valladares Pérez y la dirigía contra el presidente del Gobierno y todos los delegados de Gobierno: María Sandra García Martín, Pilar Alegría Continente, José Javier Izquierdo Roncero, Francisco Tierra Seco Galdón, Teresa Cunillera Mestres, María Yolanda García Seco, Javier Losada de Azpiazu, Ana María Calvo Sastre, Anselmo Pestana Padrón, José Manuel Franco Pardo, Javier Vélez Fernández, José Luis Arasti Pérez, Denis Itxaso González, Delia Losa Carballido, María Marrodán Funes,Gloria Isabel Calero Albal, Salvadora del Carmen Mateos Estudillo y Sabrina Moh Abdelkader.

También se dirige la denuncia contra las demás personas (Subdelegados del Gobierno, Ministro de Sanidad, etc.) cuya intervención en los hechos se vaya esclareciendo durante la fase de instrucción.

A todos ellos, les imputa un delito de prevaricación administrativa en relación con las autorizaciones concedidas para la celebración de actos multitudinarios entre el 5 y el 14 de marzo. Esta infracción está contemplada en el artículo 404 del Código Penal, que afecta a los funcionarios públicos que, “a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años”. En su caso, cometido por omisión, al no prohibirse las manifestaciones.

La jueza expresa en este punto “serias dudas” de que esta sea “la calificación procedente, sin tampoco descartarla”. Indica que la calificación jurídica puede ser ésta u otra, como por ejemplo, el delito de lesiones por imprudencia profesional, aunque, a priori, “la relación de causalidad parece ciertamente difícil de acreditar desde una perspectiva técnica”.

La jueza pregunta en su auto si el informe del Centro Europeo para el control y prevención de enfermedades fue remitido oficialmente a España y en qué fecha, a qué autoridades se envió y si hubo una recepción oficial de la misma en la Delegación del Gobierno de Madrid. También se plantea si se dio orden expresa al delegado del Gobierno de Madrid de no prohibir las manifestaciones al margen de cualquier consideración sanitaria y si se adoptó alguna medida de prevención por parte de la Delegación del Gobierno de Madrid.

La jueza ordena que se practiquen diligencias sin carácter de urgencia. Pide que el forense emita informe sobre si las manifestaciones que tuvieron lugar en Madrid, entre el día 5 y 14 de marzo de 2020, supusieron un riesgo evidente para la vida e integridad física de las personas y, en caso positivo, si esa circunstancia era científicamente notoria con carácter previo a su celebración o cuando devino notorio.

Para emitir dicho informe, el médico forense podrá pedir a este órgano judicial que recabe la documentación sanitaria que precise de las autoridades o responsables sanitarios que entienda oportuno, como son los datos personales de carácter sanitario.

Ordena también que la Unidad de Policía Judicial de Guardia Civil de la Comandancia de Madrid se elabore atestado en el que se dé cuenta a esta autoridad judicial sobre la remisión del informe del Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades a España, su difusión y el envío, si se produjo, a la Delegación del Gobierno.

La jueza quiere también una relación de las comunicaciones hechas a la Delegación del Gobierno de Madrid, el testimonio de los expedientes administrativos tramitados en relación con las manifestaciones y si hubo valoración de riesgos sanitarios. Además, inquiere sobre si se hizo advertencia alguna sobre los riesgos sanitarios que conllevaba acudir a las mismas, de modo que los asistentes aceptaran “la autopuesta en peligro”.

(SERVIMEDIA)