El Consejo de Ministros ha aprobado un decreto-ley que cambia tres ayudas clave: bajas por violencia machista, viudedad y cuidado de hijos enfermos.
A ver, lo primero: esto todavía no es ley. El decreto-ley (una norma que el Gobierno aprueba por urgencia y que el Congreso debe convalidar en un mes como máximo) tiene que pasar por la Diputación Permanente. Si sale adelante, las mejoras llegan junto a otras coberturas nuevas: bajas por menopausia, bajas por catástrofes naturales, pensiones extraordinarias, y un aumento de los anticipos del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos.
Bajas por violencia machista: 60% los primeros 20 días y 75% desde el 21
Es la reforma que más tiempo llevaba en el cajón. En marzo de 2024 el Ejecutivo anunció que equipararía estas bajas a las de accidente de trabajo: 75% desde el primer día y sin exigir cotización previa. La medida quedó atada a la Ley contra la Trata, que nunca entró en vigor. Ahora se recupera por otra vía y con otro reparto.
El resultado: la baja paga el 60% de la base reguladora los primeros 20 días y el 75% a partir del día 21. La base reguladora es la cantidad sobre la que se calcula la prestación, no tu sueldo neto. Lo abona la Seguridad Social desde el día siguiente al inicio de la incapacidad. Con una base de 1.200 euros, son 720 euros al mes en ese primer tramo y 900 a partir de ahí.
Ojo con un detalle que cambia la cuenta: si tienes complementos, pagas extras prorrateadas o un variable habitual, la cifra que te llega no coincide con la que sacas de cabeza. Y el cómputo arranca al día siguiente de la baja, no el día en que la comunicas.
Lo que se anunció en marzo de 2024 como 75% desde el primer día llega ahora como 60% durante casi tres semanas.
Viudedad sin casarse, CUME y anticipos de alimentos
La segunda pata afecta a quien tiene pareja estable pero no ha pasado por el juzgado ni por el registro de parejas de hecho. La norma rebaja el listón: con hijos comunes bastan dos años de convivencia ininterrumpida, sin inscribirse como pareja de hecho ni formalizar nada.

El Ministerio ya lo intentó en octubre de 2025 con un borrador que pedía cinco años y volvió a la carga en julio de 2026, dentro de la negociación sobre incapacidad temporal. Esa negociación acabó sin acuerdo, y de ahí el decreto-ley.
La tercera reforma toca la prestación CUME, la que permite reducir jornada para atender a un hijo con cáncer u otra enfermedad grave. El texto abre nuevas vías para que los dos progenitores accedan a la ayuda y amplía la protección más allá de los 26 años en supuestos concretos, para que el apoyo no se corte cuando el cuidado sigue haciendo falta.
Y un cuarto cambio, pequeño en titulares pero muy concreto: los anticipos de alimentos pasan de 100 a 300 euros. Es el dinero que se adelanta a los menores cuando la pensión alimenticia reconocida por un juez no se cobra. El Tribunal de Cuentas lo había recomendado y las Cortes lo reclamaron en diciembre de 2024.
Lo que este decreto deja a medias
Hay un patrón que se repite: medida anunciada, tramitación que se atasca y, al final, decreto-ley de urgencia para recuperar lo ya prometido. Con las bajas por violencia machista pasó exactamente eso. La reforma se colgó de la Ley contra la Trata, la ley no salió y la ayuda se quedó esperando dos años y medio.
En la práctica, el 75% prometido se queda en el 60% durante 20 días. Son 15 puntos de diferencia en casi tres semanas, y en una baja de dos meses eso se nota en la nómina. Queda por ver la letra pequeña: cómo se acreditan esos dos años de convivencia o qué papeles pedirá el INSS a partir de ahora.
Y está la traba final: la convalidación. Si el decreto decae en el Congreso, las mejoras caen con él. Ahí no hay enmiendas posibles, solo un sí o un no. Cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado merece la pena leer el texto entero antes de dar por hecho cualquier cobro.
📅 Dónde y cuándo
- Plazo: el decreto-ley debe convalidarse en la Diputación Permanente del Congreso en un máximo de 30 días desde su aprobación. Si decae, las medidas caen con él.
- Quién puede pedirlo: víctimas de violencia machista con baja médica, parejas no casadas con hijos comunes y dos años de convivencia, y progenitores de menores con cáncer u otra enfermedad grave.
- Cuánto: 60% de la base reguladora los primeros 20 días y 75% desde el 21 en las bajas por violencia machista; anticipos de alimentos de 100 a 300 euros.
- Dónde se solicita: todavía no hay formulario abierto. Cuando el texto se publique, el trámite irá por la sede electrónica de la Seguridad Social.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado? Un decreto-ley sube la protección de las bajas por violencia machista, la viudedad sin matrimonio y el cuidado de hijos enfermos.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? A víctimas de violencia machista con baja, parejas no casadas con hijos comunes y progenitores de menores con enfermedades graves.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Revisa tu base reguladora y espera la publicación en el BOE: sin convalidación en 30 días, las mejoras no se consolidan.



