Sí, puedes pedir la prórroga del alquiler de la Ley Maricarmen y seguirá siendo válida aunque el decreto se derogue después del 29N. La clave está en cuándo la pides y en cómo la mandas.
El Decreto 29/2026, aprobado el pasado 6 de octubre, recoge buena parte de las demandas del Decreto Maricarmen que impulsó el Sindicato de Inquilinas. Frena algunos desahucios, limita subidas, regulariza falsos contratos de temporada y abre la puerta a prorrogar contratos. El abogado Javier Rubio, de la cooperativa jurídica CAES, lo explicó en un consultorio publicado por El Salto con una respuesta que conviene subrayar: las prórrogas solicitadas antes de la derogación siguen siendo válidas.
El escenario que teme Rubio es concreto. Tras las elecciones del 29 de noviembre, una mayoría parlamentaria podría revertir estas medidas derogando el decreto. No es una hipótesis de laboratorio. Es el calendario.
Cómo se pide la prórroga para que valga aunque deroguen el decreto
Por escrito y, si puedes, por burofax (el servicio de Correos que certifica el contenido exacto y la fecha de entrega). el resguardo del burofax es la prueba de la recepción y, en una discusión posterior con tu casero, vale más que cualquier llamada o mensaje de WhatsApp.
El consejo de Rubio es no dormirse: 'es importante revisarlo pronto y enviar el burofax lo antes posible'. La prórroga se concede con la norma en vigor, así que si el decreto cae después, lo ya pedido permanece.
Y si ya solicitaste la prórroga en una ocasión anterior, hay una segunda buena noticia: el decreto convalida las solicitudes que ya estaban hechas. No hay que repetir el trámite.
Un derecho que caduca con el próximo Gobierno se defiende mandando un burofax esta semana, no esperando a ver qué pasa en el Congreso.
Ojo con un detalle que mucha gente pasa por alto: si tu contrato es de habitación, la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos fija una duración mínima de cinco años y otras seguridades para el inquilino. Ese régimen queda consolidado para los contratos que firmes ahora, aunque la ley se reforme más adelante.
Cuántos años te dan y cuánto te pueden subir la renta
El decreto concede dos años de prórroga. Pero si vives en una zona tensionada (las áreas donde la ley de vivienda limita los precios del alquiler), la norma estatal te da tres años y se aplica de forma preferente. Solo si no encajas en ese supuesto tiene sentido tirar del decreto. Revisar esto antes de enviar nada es la diferencia entre dos y tres años.
Todas las renovaciones del próximo año quedan congeladas en renta si el alquiler ya superaba el índice de referencia. Si estás dentro de los los márgenes que fija el Gobierno, la subida máxima es del 2%. Puedes consultar el índice de tu vivienda en la web del Ministerio de Vivienda.

Hay un tercer frente que casi nadie relaciona con su contrato: los alquileres de temporada. Cualquier contrato temporal en fraude de ley se puede combatir desde ahora para lograr una permanencia equivalente a la de los contratos de cinco o siete años. El ejemplo clásico es el de once meses para una vivienda que en realidad es tu casa.
Lo que el decreto no cubre (y por qué eso importa)
La moratoria de desahucios no es general. Se suspende el desahucio solo si el dueño tiene tres o más viviendas y la familia está en situación de vulnerabilidad acreditada por Servicios Sociales: ingresos de la unidad de convivencia por debajo de 1.800 euros netos al mes como referencia, cifra que sube según cuántas personas viváis en casa. Si el procedimiento es penal por usurpación, esa suspensión no aplica.
El otro punto flojo es el límite del 70% de tasación. Sobre el papel prohíbe hasta el 31 de diciembre de 2028 que las sociedades con objeto inmobiliario compren vivienda por debajo de ese umbral. Rubio avisa de que la definición es 'poco precisa' y de que no queda claro quién fiscaliza. Tampoco le falta razón con las tasaciones a la carta: un piso con inquilinos dentro puede tasarse muy por debajo del mismo piso libre, y entonces la compra especulativa pasa por debajo del radar sin incumplir nada.
Para saber si tu casero entra en la definición de gran tenedor, lo más práctico es pedir un índice de propiedades al Registro de la Propiedad. Se solicita por internet y tarda unas 24 horas. No es un trámite heroico.
Hay un precedente que juega a favor de quien se mueve rápido. La moratoria hipotecaria de la Ley 1/2013 sigue en vigor hasta mayo de 2028 y el decreto también abarca los desahucios por hipoteca. Es decir: las herramientas existen, pero caducan. Y el consejo más repetido en el consultorio no es jurídico: acércate a un sindicato de inquilinas, aunque sea solo para escuchar cómo han resuelto otras personas tu mismo caso.
📅 Dónde y cuándo
- Plazo: la prórroga debe solicitarse antes de la derogación del Decreto 29/2026, que podría llegar tras las elecciones del 29/11/2026. No hay una fecha de cierre oficial.
- Quién puede pedirlo: inquilinos con contrato de alquiler en vigor; en zona tensionada se aplica antes la prórroga de tres años de la ley estatal.
- Cuánto: dos años de prórroga con el decreto; tres años si la vivienda está en zona tensionada.
- Dónde se solicita: por escrito al casero, preferiblemente por burofax, y guarda el resguardo de envío y recepción.
En resumen (para tu bolsillo y tu salud mental)
- 💸 ¿Qué ha cambiado? El Decreto 29/2026 permite prórrogas de alquiler de dos años y congela rentas que ya superaban el índice.
- 👥 ¿A quién afecta exactamente? A inquilinos con contrato en vigor, con más protección si la vivienda está en zona tensionada.
- ✅ ¿Qué puedes hacer al respecto? Envía el burofax cuanto antes: lo pedido antes de la derogación se mantiene.



