Amnistía de Puigdemont: Llarena levanta la orden de detención y reprocha al Constitucional su falta de mesura

El instructor del procés ejecuta la sentencia del Constitucional del 7 de octubre y deja por escrito que su lectura de la ley era 'razonable'. La amnistía de la malversación sigue en manos de la Sala de lo Penal.

Carles Puigdemont ya no tiene una orden de detención en España. El magistrado del Tribunal Supremo que instruye el procés, Pablo Llarena, la ha dejado sin efecto en un auto (una resolución judicial motivada) fechado el lunes 19 de octubre, en cumplimiento de lo que le ordenó el Tribunal Constitucional. Y le reprocha al propio Constitucional su falta de 'mesura en los calificativos'.

La diferencia importa. La amnistía de Puigdemont no está concedida: debe aplicarla la Sala de lo Penal del Supremo, que aún no ha resuelto. Llarena retira el obstáculo policial, no decide sobre el fondo del delito.

Qué ha decidido Llarena (y qué no)

El auto es corto en efectos y largo en reproches. Llarena levanta la orden 'de acuerdo con el Tribunal Constitucional', es decir, porque la sentencia del 7 de octubre le obliga. Ese fallo ordenaba amnistiar la malversación y amparar a la exconsejera de ERC Dolors Bassa. Antes, el Tribunal de Justicia de la UE había avalado la ley al descartar que afectara a intereses comunitarios.

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El Supremo no ha amnistiado al expresidente. La ley excluye los hechos en los que existiera un propósito de beneficio personal patrimonial, y Llarena y el Constitucional leen ese requisito de forma distinta. La Sala de lo Penal tendrá que elegir con qué lectura se queda.

Ahí está el detalle que casi nadie cuenta. Llarena retira la orden, pero no su tesis: 'Mantengo mi criterio sobre la interpretación de la ley ordinaria que nos correspondía realizar', escribe. Y sostiene que el Supremo no inventó una excepción, sino que interpretó 'una excepción establecida expresamente por el propio legislador', recogida en el artículo 1.

El instructor reivindica que su lectura 'no se sitúa al margen de los principios constitucionales'. Y saca a relucir el dato que considera más elocuente: cinco magistrados del Constitucional avalaron esa interpretación. De ahí su queja por la 'rotundidad' con la que el tribunal de garantías censuró al Supremo.

El Supremo retira la orden de detención porque se lo manda el Constitucional, pero deja por escrito que su lectura de la ley era razonable.

Qué cambia en la práctica para Puigdemont

Traducido: sin la orden de detención, decae el principal obstáculo para su regreso a España, aunque la amnistía de la malversación siga pendiente. Puigdemont ha permanecido fuera del país desde 2017 con esa espada sobre la cabeza.

El segundo efecto es político y se mide en escaños. Junts, la formación que dirige, ha sido socio parlamentario del Gobierno esta legislatura, así que cualquier movimiento judicial sobre su líder tiene lectura inmediata en el Congreso.

Hay un tercer efecto, menos visible. El auto deja por escrito quién manda: el Constitucional corrige y el Supremo acata, aunque el instructor se permita discrepar por escrito.

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El choque jurídico que viene

Este pulso no nace hoy. Cuando la ley de amnistía entró en vigor, el Supremo se negó a aplicarla a la malversación: los encausados se habían ahorrado un gasto personal al pagar con fondos públicos el referéndum ilegal de 2017. El Constitucional responde ahora que esa lectura hace una 'interpretación extensiva de la excepción' y vulnera la tutela judicial efectiva. Traducido: pagar la consulta con dinero público no demuestra enriquecimiento.

Las dos lecturas chocan en un punto concreto. Para Llarena, la controversia no está 'en el destino del dinero, sino en si existía una carga personal' que, sufragada con fondos públicos, pueda valorarse por separado. Para el Constitucional, 'la misma financiación que la ley quiso amnistiar se convertiría en la razón para no aplicar la amnistía'.

El precedente inmediato tiene nombre: Dolors Bassa. El tribunal de garantías ya ordenó amnistiar su malversación y el Supremo ha tenido que asumirlo. La diferencia es que el caso de Puigdemont pasa por la Sala de lo Penal, no por el instructor, y esa sala aún no se ha pronunciado sobre el fondo.

El calendario tampoco es neutro: la resolución llegará con el curso político en marcha y con los dos tribunales obligados a convivir con una sentencia incómoda. Los próximos movimientos se siguen en la Sala de lo Penal, pero también en el Constitucional, que verá si su doctrina se aplica tal cual o con matices.

📌 En claves: lo que debes saber

  • Qué ha pasado: Llarena levanta la orden de detención de Puigdemont tras la sentencia del Constitucional del 7 de octubre. La amnistía de la malversación sigue pendiente.
  • Por qué te importa: La decisión afecta al equilibrio parlamentario del Gobierno y a la ley que debe decidir si los encausados del procés regresan.
  • A quién afecta: A Puigdemont y a Junts, a encausados como Dolors Bassa, a la Sala de lo Penal y al Ejecutivo, que depende de esos votos.
  • Hacia dónde vamos: La Sala de lo Penal debe decidir si amnistía la malversación. De esa resolución depende el regreso del expresidente.