4Subir el coche a la acera, dejarlo sobre el paso de peatones o invadir el carril bici
Subir el coche a la acera —aunque sea solo con las ruedas de un lado— y dejarlo sobre el paso de peatones figuran entre los estacionamientos más sancionados en España. El artículo 94.2 del Reglamento General de Circulación incluye expresamente entre los lugares prohibidos para estacionar las aceras, paseos y demás zonas reservadas al tránsito peatonal. No hay margen para la interpretación: ni la falta de plazas ni la brevedad de la parada levantan la prohibición. Cuando el vehículo bloquea el paso, obliga a los viandantes a bajar a la calzada o invade un rebaje accesible, la conducta se considera infracción grave y la multa llega a los 200 euros, que se quedan en 100 con el pronto pago. A eso se suma la posible retirada del vehículo con grúa y las tasas de almacenaje, un coste añadido que dispara la factura final.
El carril bici comparte lógica y añade un matiz: invadir la plataforma reservada a bicicletas y vehículos de movilidad personal se considera infracción grave, con multa de hasta 200 euros, y basta con detenerse unos segundos o pisar la marca para que los agentes denuncien. Ni las luces de emergencia ni el hecho de que no pase ninguna bici en ese momento sirven de excusa: lo determinante es ocupar un espacio que no corresponde y forzar a los ciclistas a salir a la calzada. Estos tres errores comparten dos rasgos que explican su presencia en la lista: afectan a los usuarios más vulnerables —personas con movilidad reducida, carritos infantiles, ciclistas— y se cometen por costumbre, casi sin mala intención. De ahí que muchos ayuntamientos hayan lanzado campañas para recuperar aceras, pasos de cebra y carriles.
