Decreto de vivienda en vigor: límites a la subida de alquiler y más protección para inquilinos

La medida afecta a unos cinco millones de inquilinos con contratos que vencen antes del 31 de diciembre de 2028. Permite pedir una prórroga de dos años que impide al casero subir la renta o echar al inquilino.

El decreto de vivienda ya está en vigor y cambia la situación de unos cinco millones de inquilinos en toda España. La norma limita las subidas del alquiler y amplía su protección al menos hasta 2029.

¿A quién afecta el decreto de vivienda y qué cambia?

Salió publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entró en vigor al día siguiente. En total, cambia la situación de 1,8 millones de contratos de alquiler, todos con vencimiento anterior al 31 de diciembre de 2028.

Todas esas personas pueden pedir una prórroga de alquiler de dos años que el casero está obligado a aceptar. Y es tu derecho si cumples el requisito.

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Durante ese tiempo, el propietario no podrá subir la renta ni echar al inquilino para alquilar la vivienda a otra persona. La prórroga solo puede quedar sin efecto en dos casos: si las partes acuerdan un nuevo contrato o si el propietario o sus familiares necesitan la vivienda para residir.

El cambio no llega únicamente al final del contrato. Las novaciones anuales quedan congeladas si el piso está por encima del índice de referencia, y como máximo un 2% si está por debajo. Ese índice es el sistema oficial que fija un precio orientativo para las zonas de mercado tensionado.

Conocer tus derechos como inquilino es el primer paso para reclamar: la norma ya está de tu lado si sabes cómo usarla.

La idea declarada es dar estabilidad tanto al inquilino como al propietario, que sabe a qué atenerse durante la prórroga. En la práctica, el alquiler deja de ser una incógnita anual para millones de hogares.

Esta vez es distinto: el Congreso tumbó una prórroga similar el pasado junio, pero ahora el respaldo del PNV garantiza que la norma se mantenga durante más tiempo, según la información publicada tras su entrada en vigor.

Cómo puedes acogerte a la prórroga de alquiler

El requisito es claro: tener un contrato de vivienda habitual en vigor que finalice antes del 31 de diciembre de 2028. Si es tu caso, no estás ante una negociación, porque la prórroga tiene cumplimiento obligatorio para el propietario.

Un detalle importante: la prórroga se pensó para contratos de vivienda habitual. Si el tuyo es de temporada o por habitaciones, las reglas son distintas y la norma las cambia por separado.

Ten localizado el contrato y las fechas clave, porque la prórroga se pide, no se aplica sola. Cuanto antes la revises, mejor.

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Conviene conservar tu contrato y cualquier comunicación con con el arrendador. Ante cualquier duda, lo mejor es consultar con una oficina municipal de consumo, o con asociaciones como la OCU o Facua, que pueden orientarte en tu caso concreto.

subida alquiler 2026

Habitaciones, desahucios y compra de vivienda: el resto del decreto

El texto también cambia las reglas de los contratos de temporada y de habitaciones. En los de temporada que se firmen a partir de ahora, habrá que acreditar con pruebas la temporalidad del inquilino; si no, se considerará vivienda habitual.

En los de habitaciones, el contrato pasará a regirse por la LAU, la ley de arrendamientos urbanos, con el mismo plazo y una protección frente a cláusulas abusivas similar a la de un piso completo.

Para el bolsillo, el cambio es directo: donde antes cabía una subida libre al renovar, ahora hay un tope. Esos límites marcan la diferencia entre un alquiler estable y uno que sube cada año.

En materia de desahucios, los inquilinos vulnerables amenazados por impago ganan protección, pero también sus caseros. Las administraciones autonómicas, y locales deberán ofrecer una alternativa residencial; si no lo hacen, tendrán que cubrir la deuda del impago, que después abonará el Gobierno central.

La norma pone el foco, además, en las operaciones especulativas. Se limita la compra de viviendas por parte de empresas a un 70% del valor de mercado o menos, lo que reduce las compraventas de casas con inquilino dentro.

Y para quien quiera dejar el alquiler y dar el salto a la compra, existe el programa Tu Casa: un préstamo de hasta 50.000 euros sin intereses a través del Instituto de Crédito Oficial, con una carencia de hasta 30 años mientras dure la hipoteca y diez años más para devolverlo, también sin intereses.

En resumen, la mayoría de los inquilinos con contrato en vigor gana tiempo y estabilidad de precio. Eso sí, para un caso concreto conviene contrastar siempre los detalles con una oficina de consumo o un profesional antes de tomar decisiones.

🛒 La ficha de consumo

  • ⚠️ Problema: El alquiler podía subir al renovar el contrato y el casero podía no prorrogar al inquilino.
  • 💸 Posibles consecuencias: Aumentos de renta no deseados o perder la vivienda al vencer el contrato.
  • ✅ Consejos para solucionarlo: Revisa la fecha de tu contrato y consulta a la OCU, Facua o tu oficina de consumo.
  • 🏁 Resultado final: Con la prórroga de dos años, tú ganas estabilidad de precio y de plazo.