El Ministerio de Consumo abre un expediente sancionador a un gran portal inmobiliario por cómo publica sus anuncios de alquiler. Es la primera vez que la infracción se atribuye directamente a la plataforma y no al propietario que cuelga el anuncio.
La investigación parte de una denuncia de la Federación de Consumidores y Usuarios CECU y la ha puesto en marcha la Dirección General de Consumo, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, según la nota remitida este miércoles. El expediente apunta a posibles prácticas comerciales desleales contra los consumidores.
Qué se investiga y cuánto puede costar
Las prácticas comerciales desleales son una infracción administrativa recogida en el artículo 47.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. La norma las castiga como infracción grave.
Traducido a euros, la plataforma se enfrenta a multas de hasta 100.000 euros o de entre 4 y 6 veces el beneficio obtenido. Si el organismo calcula que la práctica irregular dejó un beneficio, la sanción puede superar con holgura esa cifra fija.
La novedad está en el destinatario. Hasta ahora, los expedientes por publicidad de alquiler se dirigían a los dueños por la información que colgaban en sus anuncios. Aquí Consumo apunta a la propia plataforma, que es quien decide qué datos aparecen en cada ficha y cómo se ordenan los pisos.
Por primera vez, la investigación no apunta al casero que publica el anuncio, sino a la plataforma que decide cómo se muestra al inquilino.
Qué tendrán que enseñar los anuncios desde ahora
El expediente llega un día después de que el Consejo de Ministros aprobara el primer real decreto-ley de vivienda, una norma de urgencia que el Gobierno puede sacar sin pasar antes por el Congreso. Consumo enviará una circular a las grandes plataformas para detallarles las nuevas obligaciones.
Dentro del decreto, el artículo 20 obliga a que cada oferta incluya el índice de referencia del precio del alquiler y, cuando exista, la renta del último contrato de vivienda habitual firmado en los cinco años anteriores.
También habrá que publicar el límite de renta aplicable en las zonas tensionadas y si el arrendador es o no un gran tenedor, es decir, un propietario con una cartera amplia de viviendas. La exigencia vale para cualquier ciudad del país, esté o no declarada tensionada.
Con ese dato sobre la mesa, el inquilino podrá comparar lo que le piden con el precio de referencia. El objetivo declarado es que se vea si hay subidas respecto a lo que pagaban los anteriores inquilinos.
Por qué este paso marca un antes y un después
Conviene mirar atrás. Consumo ya abrió expedientes a plataformas inmobiliarias en los últimos años, pero siempre por la información que los propietarios volcaban en sus anuncios. Ahora el foco se pone en el escaparate: en cómo la web muestra y ordena la oferta, algo que decide la empresa, no el casero.
La medida no cae en un vacío. El real decreto-ley de vivienda y el índice de referencia responden a un contexto de subidas del alquiler que ha colocado la vivienda entre los asuntos más calientes de la agenda política. Quienes defienden este tipo de intervenciones sostienen que la información asimétrica es parte del problema: el casero conoce el mercado y el inquilino, no. Las asociaciones de propietarios y algunas plataformas advierten, en cambio, de que cargar de requisitos la publicación puede reducir la oferta visible y complicar anuncios legítimos.
El desenlace del expediente y la aplicación del decreto marcan el calendario de las próximas semanas. Habrá que ver si Consumo resuelve el caso con una multa, cómo adaptan los portales sus fichas y si la obligación de transparencia se traduce en precios más contenidos o, al menos, más comparables.
📌 En claves: lo que debes saber
- Qué ha pasado: Consumo abre un expediente a un gran portal inmobiliario por prácticas comerciales desleales en sus anuncios, tras una denuncia de CECU.
- Por qué te importa: El real decreto-ley aprobado esta semana obliga a los anuncios a mostrar el precio de referencia del alquiler.
- A quién afecta: Inquilinos que buscan piso, portales inmobiliarios y propietarios que publican sus viviendas.
- Hacia dónde vamos: Consumo deberá resolver el expediente y enviará una circular; los portales tendrán que adaptar sus anuncios.




