El Congreso vota los decretos de vivienda sobre desahucios y alquileres en plena ola de acampadas

El Gobierno defiende que las medidas atacan el problema principal del país, el acceso a la vivienda. El primer bloque incluye la suspensión de desahucios a personas vulnerables hasta 2030.

El Congreso vota este viernes 2 de octubre los dos reales decretos-ley de vivienda que el Gobierno aprobó el 29 de septiembre. La convalidación llega en plena ola de acampadas por el precio del alquiler en Madrid y Barcelona.

Las dos normas se publicaron en el Boletín Oficial del Estado: la primera salió el 30 de septiembre y la segunda, el 1 de octubre. El Congreso debe convalidar los dos textos para que sigan adelante.

¿Qué se vota este viernes en el Congreso?

El primer real decreto-ley se centra en la función social de la vivienda y en ampliar la oferta asequible. Hasta el 31 de diciembre de 2028, los fondos solo podrán comprar por debajo del 70 % de la tasación.

Publicidad

La restricción no se aplica a los pisos destinados a alquiler social o asequible, a las residencias sociosanitarias ni a los alojamientos para víctimas de violencia de género.

En desahucios, la suspensión del procedimiento se extiende hasta 2030 cuando el ocupante sea vulnerable y no tenga alternativa habitacional. Si quien desahucia es un particular, el tribunal exige además que la Administración no haya ofrecido una vivienda. La excepción: el propietario que acredite vulnerabilidad y tenga dos o menos viviendas.

El texto crea un mecanismo de enervación: la comunidad autónoma deberá asumir el pago en dos meses si no ofrece una alternativa. Durante ese plazo el proceso queda en suspenso y, si cumple, el contrato sigue vigente.

Los dos textos fijan fechas concretas: 2028 para las prórrogas de alquiler y 2030 para la suspensión de desahucios de personas vulnerables.

La norma también reforma la Ley de Arrendamientos Urbanos. Los alquileres temporales deberán justificar la causa del desplazamiento y durarán entre 31 días y doce meses. En el alquiler de habitaciones, la suma de todas no podrá superar la renta de la vivienda completa.

En el plano fiscal, los pisos turísticos amueblados tributan al 10 % de IVA cuando incluyan servicios hoteleros o no superen las 30 noches. Los ayuntamientos podrán aplicar recargos de IBI de hasta el 50 %, ampliables al 100 % con cuatro o más inmuebles. La vivienda protegida baja al 4 % y las SOCIMI pasan del 15 % al 25 %.

Los inquilinos con rentas inferiores a 33.007,20 euros anuales podrán deducirse el 10 % del alquiler en el IRPF. Los propietarios tendrán reducciones de hasta el 100 % si rebajan el precio más de un 5 %. Los contratos vigentes hasta el 31 de diciembre de 2028 pueden solicitar una prórroga extraordinaria de hasta dos años.

El segundo decreto-ley refuerza la estabilidad de los contratos de vivienda habitual. El contrato se prorrogará salvo aviso en contra de una de las partes, el preaviso del propietario sube de cuatro a seis meses y, si decide no continuar, deberá indemnizar con al menos doce mensualidades.

Publicidad

No habrá indemnización si el arrendador es una persona física que necesita la vivienda para sí o para un familiar de hasta segundo grado, entre otros supuestos.

¿A quién afectan los decretos de vivienda?

El impacto es desigual. Afecta a inquilinos que temen perder su contrato, a pequeños propietarios que alquilan una vivienda y a personas en riesgo de desahucio sin alternativa. También a los ayuntamientos, que ganan herramientas fiscales frente a los pisos turísticos.

En paralelo, las acampadas por el precio del alquiler se han extendido por Madrid y Barcelona. El PNV ha anunciado que dividirá su voto entre los dos textos en la votación del viernes.

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, sostiene que ambas normas responden al principal problema de los españoles y las españolas: el acceso a la vivienda. El Ejecutivo defiende que las medidas amplían la oferta y dan estabilidad a quienes ya tienen un contrato firmado.

Qué viene ahora y qué conviene vigilar

Estas medidas se apoyan en herramientas que ya estaban en marcha, como el sistema estatal de índices de precios de referencia. La novedad está en los plazos: la limitación a los fondos se extiende hasta finales de 2028 y la suspensión de desahucios, hasta finales de 2030.

El paso inmediato es la convalidación del viernes. Si sale adelante, las comunidades autónomas tendrán que adaptar sus servicios sociales y de vivienda para responder en dos meses cuando un juez suspenda un desahucio. Los ayuntamientos decidirán si aplican los recargos fiscales.

Conviene estar atento a dos fechas, el 31 de diciembre de 2028 para las prórrogas de contratos y el 31 de diciembre de 2030 para las suspensiones de desahucios. También al desarrollo autonómico: buena parte del resultado dependerá de cómo se gestione cada caso.

📌 El foco social: las claves

  • 🔎 Qué es lo importante: El Congreso convalida el viernes dos decretos sobre desahucios, alquileres y pisos turísticos.
  • 👥 Quiénes son los afectados: Inquilinos, pequeños propietarios, personas vulnerables en riesgo de desahucio y ayuntamientos.
  • ➡️ Qué consecuencias puede traer: Más protección ante desahucios, alquileres temporales regulados y presión fiscal sobre el uso turístico.