Seguro que te suena: “Domicilia tu nómina y te damos 300 euros”, “Abre una cuenta y llévate una Smart TV”, y vamos una gran cantidad de regalos que parecen poco creíbles, por lo ventajosas que pueden llegar a parecer, y no te equivocas si eres de los que desconfía. Las campañas de los bancos suenan irresistibles, sobre todo cuando parece que no hay trampa ni cartón. Pero cuidado, porque aunque el regalo venga con un lazo, Hacienda no entiende de obsequios, para ella, todo ingreso cuenta.
Cada vez más entidades apuestan por ofrecer dinero en efectivo o productos de alto valor para captar nuevos clientes. Lo que muchos desconocen es que esos regalos, ya sean billetes o pantallas de plasma, no salen gratis, sí, como lo lees, antes de dejarte llevar por esta aventura, detente y lee la letra pequeña. La Agencia Tributaria los considera una ganancia y, como tal, hay que declararla en la Renta. Sí, incluso si el banco no te lo recuerda.
Así que, antes de celebrar ese ingreso inesperado o de presumir de tele nueva, conviene tener presente que detrás de la sonrisa del asesor bancario está también la mirada atenta de Hacienda. Aquí te contamos cómo tributan estos “regalos gancho” y qué parte del pastel se queda el fisco.
Cuando el banco te da dinero: también paga impuestos

Si el banco te ingresa dinero por domiciliar tu nómina o abrir una cuenta, ese importe se considera un rendimiento del capital mobiliario, si eres de los que no está familiarizado con estos términos, confórmate con saber que Hacienda irá detrás de ti. Es decir, tributa igual que los intereses de una cuenta o los dividendos de unas acciones. Normalmente, la entidad aplica una retención automática del 19%, que luego aparecerá reflejada en tu declaración de la Renta.
Por ejemplo, si te ingresan 300 euros de regalo, el banco podría retener 57 euros para Hacienda y tú recibirías 243 euros netos. Sencillo, ¿verdad? Pero ojo: no todos los bancos hacen esa retención. Si no lo hacen, serás tú quien tenga que incluir el importe íntegro en tu declaración y pagar la parte correspondiente. Por eso conviene revisar siempre los datos fiscales antes de presentar la Renta.
Regalos en especie: las teles, tablets o móviles tampoco se libran

Y no solo el dinero cuenta, se trata de todos los regalos que te ofrecen las entidades bancarias por afiliar las nóminas, etc. Si tu banco te ha dado una televisión, un móvil o incluso un iPad, también tendrás que declararlo. En este caso, se trata de una retribución en especie, y Hacienda exige que se declare el valor del producto en el mercado. El banco suele emitir un certificado de retenciones donde figura el precio asignado al regalo y la cantidad que ha retenido por el impuesto.
Si no aparece esa información, conviene pedirla antes de que termine el año fiscal. En la práctica, lo habitual es que el banco haga un pequeño cargo en tu cuenta en concepto de impuestos por el regalo. Así, aunque te hayan dado una tele “gratis”, en realidad estás pagando la parte que corresponde a Hacienda, aunque sea de forma indirecta. ¿Moraleja? No hay que creer en todas las buenas intenciones y los ofrecimientos de los bancos, y por supuesto, antes de aceptar cualquier regalo hay que fijarse en la letra pequeña.
Si la cuenta tiene dos titulares, el regalo se reparte

Las cosas se complican un poco más si la cuenta es conjunta. En ese caso, Hacienda entiende que el regalo (ya sea dinero o un bien físico) se reparte proporcionalmente entre los titulares, por si ya no fuera bastante la presión ejercida sobre una sola persona. Si sois dos y el banco os da 200 euros, cada uno deberá declarar 100 euros en su IRPF. Lo mismo ocurre si se trata de un regalo en especie, como una televisión o una tarjeta regalo.
Eso sí, si uno de los titulares se queda con todo el regalo, el asunto puede derivar en otra figura fiscal, una donación, sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones y madre mía todo lo que se puede llegar a liar por un “simple e inofensivo” regalo. No suele ser habitual, pero puede ocurrir. Por eso, si compartes cuenta, lo más recomendable es mantener las cosas claras desde el principio y dividir el regalo de forma equitativa.
En resumen: nada es gratis (ni siquiera los regalos del banco)

Los “regalos gancho” de la banca pueden parecer una buena oportunidad, pero siempre hay que leer la letra pequeña, no solo la del contrato, sino también la de Hacienda, porque con frecuencia caemos en la vieja trampa de pensar que podemos “engañar” al organismo. Tanto el dinero en efectivo como los regalos en especie tributan, y aunque a veces el banco retenga directamente el impuesto, otras veces la obligación cae sobre ti.
Así que la próxima vez que veas una promoción tentadora, piensa dos veces antes de lanzarte, recuerda que lo barato suele salir más caro. Puede que la televisión sea gratis… pero Hacienda siempre se queda con su parte. Y si lo tienes todo en regla, disfruta del regalo (y del mérito de tener tus cuentas al día) sin sorpresas en la próxima Renta.







