Aunque parezca increíble, hay sustancias legales que pueden terminar siendo más peligrosas que el alcohol al volante. No hablamos de drogas recreativas ni de distracciones al conducir, sino de algo que muchas personas toman a diario: sus medicamentos recetados. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto bajo la lupa a un grupo específico de fármacos que, si se consumen sin la debida precaución, podrían provocar sanciones, retirada del permiso o incluso problemas legales y de seguro en caso de accidente.
Cada vez son más los conductores que desconocen los efectos secundarios de los tratamientos que consumen. Y sin saberlo, se enfrentan a consecuencias que van mucho más allá de la multa. Este artículo exploraremos en profundidad qué medicamentos vigila la DGT, por qué lo hace y cómo evitar que una simple pastilla termine costando algo tan importante como la libertad de conducir.
4Renovación del carnet: otro punto crítico que muchos desconocen

Otro de los momentos clave en los que la DGT pone especial atención a los medicamentos es durante la renovación del permiso de conducir. En esta etapa, se realiza una revisión médica en la que se valora si el conductor padece alguna condición o está bajo tratamiento que pueda interferir en su capacidad para manejar.
Para quienes toman ansiolíticos, antidepresivos, opioides, anticonvulsivos, colirios o antialérgicos, es recomendable llevar un informe médico actualizado, especialmente si el tratamiento es crónico. Este documento puede ser decisivo para que la DGT autorice la renovación, establezca ciertas restricciones o incluso requiera revisiones periódicas.
En condiciones médicas como la diabetes insulinodependiente, la epilepsia o la apnea del sueño, el informe médico no es opcional: es obligatorio. Sin él, no se renueva el carnet. Incluso se puede suspender temporalmente el permiso hasta que se demuestre un adecuado control clínico.