Especial 20 Aniversario

Los tribunales dan aire a Glovo pese a la ‘Ley Rider’ y frustran el intento de Just Eat

El sistema de justicia en Barcelona ha fallado a favor de Glovo y ha desestimado la demanda interpuesta por Just Eat, que reclamaba 295 millones de euros por supuesta competencia desleal. Según Just Eat, Glovo obtuvo una ventaja ilícita al operar con repartidores autónomos, en contraposición a su modelo de contrataciones conforme a la Ley Rider, que entró en vigor desde 2021.

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La sentencia considera que el modelo de Glovo, respetaba la legalidad y garantizaba la autonomía de los repartidores. Para el juez de la causa, la legislación laboral actual resulta “obsoleta” y que muchos repartidores prefieren el modelo de autónomo por la flexibilidad que ofrece. En un tono crítico, el magistrado cuestionó incluso a las inspectoras de trabajo y a lo que llamó una visión “burocrática y sindicalizada” del mercado laboral.

El fallo también señala que no se ha demostrado que Glovo ganara cuota de mercado exclusivamente por su modelo laboral, ni que la supuesta ventaja económica afectara significativamente a Just Eat. Asimismo, desestimó los cálculos del daño económico presentados por la demandante, calificándolos de sobrestimados y basados en cifras no comparables.

Por su parte, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha mostrado su preocupación por las valoraciones del juez y ha recordado que “ninguna empresa está por encima de la ley”.

Aunque Glovo ha sido previamente condenada por su uso de falsos autónomos en otras resoluciones judiciales, este caso civil sobre competencia desleal abre un precedente relevante en el contexto empresarial del delivery en España.

El Supremo y la Audiencia Nacional avalan a Glovo frente a los intentos de regular sus repartidores como asalariados

El Supremo Y La Audiencia Nacional Avalan A Glovo Frente A Los Intentos De Regular Sus Repartidores Como Asalariados
Fuente: Agencias

El Tribunal Supremo ha dictado recientemente una sentencia que vuelve a dar la razón a Glovo, en un nuevo capítulo del conflicto legal en torno a la calificación laboral de sus repartidores. En este caso, el alto tribunal ha considerado que, pese a las características del trabajo que desempeñan los llamados “riders”, la relación con la plataforma no encaja necesariamente en la figura del trabajador por cuenta ajena, lo que debilita uno de los pilares fundamentales de la Ley Rider aprobada en 2021.

A esta resolución se suma un fallo de la Audiencia Nacional que también respalda el modelo laboral de Glovo, al descartar que la empresa deba aplicar de forma generalizada el convenio de hostelería que Just Eat impulsa como referencia para los repartidores contratados.

Curiosamente, estas decisiones judiciales representan un espaldarazo jurídico significativo para Glovo (una visión que ha dejado a más de uno sorprendido, ya que la lucha de los derechos de los riders ha venido ganando seguidores a lo largo de los años), que mantiene su apuesta por un modelo de autonomía flexible para sus repartidores, pese a la fuerte presión regulatoria y sindical.

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La justicia tumba parte del plan de Just Eat de imponer un modelo laboral tradicional en el sector del reparto

La Justicia Tumba Parte Del Plan De Just Eat De Imponer Un Modelo Laboral Tradicional En El Sector Del Reparto
Fuente: Agencias

El intento de Just Eat de trasladar al conjunto del sector de reparto un modelo laboral basado en contratos indefinidos y convenios tradicionales ha encontrado un freno importante en los tribunales. La Audiencia Nacional ha desestimado la petición de la compañía para aplicar el convenio de hostelería a sus competidores, entre ellos Glovo, argumentando que no puede imponerse una interpretación extensiva de dicha norma más allá del marco contractual de cada empresa.

Este revés judicial representa un golpe para la estrategia de Just Eat, que apostó por distinguirse mediante la contratación directa de repartidores frente al modelo más flexible (y polémico) de otras plataformas (vamos, que le ha salido mal jugada). Ahora bien, lo cierto es que aunque su propuesta sigue vigente internamente, la imposibilidad de extender su lógica jurídica al resto del sector refuerza la diversidad de modelos existentes y complica la homogeneización que pretendía consolidarse con la entrada en vigor de la Ley Rider.

Los fallos judiciales refuerzan la posición de Glovo y cuestionan la eficacia de la Ley Rider en los tribunales

Los Fallos Judiciales Refuerzan La Posición De Glovo Y Cuestionan La Eficacia De La Ley Rider En Los Tribunales
Fuente: Agencias

Las recientes resoluciones judiciales asociados al modelo de trabajo implementado por Glovo, marcan un punto de inflexión en la aplicación de la Ley Rider, que fue diseñada para combatir la figura del falso autónomo en el ámbito del reparto a domicilio, ¿un retroceso en la lucha por los derechos de los riders?.

Sin embargo, la interpretación de los propios jueces está mostrando fisuras en la norma, al considerar que el tipo de relación contractual que mantiene Glovo con sus repartidores no siempre puede encuadrarse dentro de los parámetros tradicionales del trabajo por cuenta ajena, es decir, que en el amplio y vasto universo legal, el modelo laboral de Glovo parece tener algo de sentido.

Este nuevo escenario legal aparece para plantear dudas serias sobre la eficacia real de la Ley Rider, al menos en su aplicación práctica frente a plataformas que han sabido adaptar su modelo para sortear las limitaciones impuestas por la norma. Lo cierto es que de la noche a la mañana, Glovo emerge como el gran beneficiado de esta coyuntura, reforzado por una sucesión de sentencias que, de momento, le otorgan margen para mantener su sistema operativo sin la obligación inmediata de transformar a sus repartidores en asalariados.

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