La sentencia del Tribunal Supremo ha mantenido una reducción de dos años en la condena a un hombre por violar a su hija en dos ocasiones, amenazándola con tirarlos a ella y a su hermano por un barranco en Mallorca. Este caso pone de manifiesto la complejidad del marco legal actual en torno a los delitos sexuales.
En 2013, la Audiencia condenó al hombre a 28 años de cárcel por las dos agresiones sexuales, además de imponerle otros dos años y cuatro meses de prisión por maltrato. Asimismo, le impusieron indemnizaciones que sumaban 100.000 euros en favor de la víctima. Sin embargo, tras la entrada en vigor de la Ley del 'Sólo sí es sí', la Audiencia rebajó la condena al considerar que por cada delito de agresión sexual correspondía una condena de 13 años, en lugar de 14. La Fiscalía recurrió esta decisión, pero el Tribunal Supremo la ha confirmado.
Los Hechos: Abusos, Amenazas y Violación
Los hechos se remontan al año 2009, cuando el acusado vivía con sus tres hijos tras separarse de su mujer. El mayor abandonó el domicilio al cumplir la mayoría de edad y el hombre se quedó con los otros dos, incluida su hija de 13 años.
La sentencia recoge que durante años el padre maltrató a diario a los dos menores con patadas, puñetazos y tirones de pelo, agarrándoles también por el cuello; y que en alguna ocasión incluso les hizo dormir en la calle. Un día, el hombre mantuvo una discusión con su hija y le dijo que, como castigo, tenía que mantener relaciones sexuales con él. Cuando ella se negó, el procesado cogió un cuchillo de grandes dimensiones y lo lanzó a la pared, asustando tanto a la menor como a su hermano, que estaba presente.
Después, el padre le dijo a la hija que los tiraría por un barranco si no accedía a tener sexo con él, y al negarse de nuevo, la víctima obligó a sus dos hijos a subirse al coche y condujo en dirección al barranco. A mitad de camino, la menor le dijo que accedía, porque tenía miedo de que su padre cumpliera su amenaza, ya que además no sabía nadar. Entonces, el procesado dio media vuelta y regresó al domicilio, donde violó a su hija en el dormitorio.
Consecuencias Legales y Revisión de la Condena
Estos hechos, con idénticas amenazas, se repitieron de nuevo más tarde el mismo mes. Días después, la víctima acudió a la Policía Local para presentar una denuncia, y se retiró la tutela al padre.
El fallo del Supremo rechaza modificar la rebaja aplicada por la Audiencia con la Ley de 2022 debido a que, a diferencia de la Ley de 1995, la del 'Sólo sí es sí' no contiene una disposición transitoria que limite o module los casos de posible revisión de condenas. Los magistrados recalcan que esto no puede subsanarse a través de la exposición de motivos de la nueva Ley porque "carece de fuerza normativa".
Este caso pone de manifiesto la necesidad de revisar y fortalecer el marco legal en torno a los delitos sexuales, buscando un equilibrio entre la protección de las víctimas y la aplicación justa de la ley. La sociedad debe seguir trabajando para erradicar la violencia sexual y garantizar que los agresores sean debidamente castigados, sin que cambios legales puedan llevar a la reducción de condenas en casos tan graves.







