La Audiencia de Zaragoza archiva el ‘caso Ghali’ para la exministra González Laya al no ver delito

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha ordenado el archivo del procedimiento que se sigue en el Juzgado de Instrucción Número 7 de esa localidad contra la exministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya al no ver indicios de delito en su actuación en el marco de la entrada en España del líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, que tuvo lugar la noche del 18 de abril de 2021 y se produjo sin pasar controles de frontera ni documentación de cara a ser trasladado a un hospital de Logroño para ser atendido por covid.

En un auto firmado este mismo jueves, los magistrados de la Sección Tercera han corregido al juez Rafael Lasala al considerar que no pueden compartir su criterio para mantener como investigada a la que fuera titular de Exteriores.

«Si bien es innegable que la Sra. González Laya era conocedora de la intención de que el Sr. Ghali fuera tratado en España y tomó parte activa en los preparativos que condujeron a ello, sin embargo, no existen indicios que soporten la conclusión de que conocía la existencia de un interés judicial sobre aquella persona«, han precisado.

Así las cosas, han concluido que lo pertinente es «revocar la resolución» en la que se acordó mantener la imputación de la exministra y declarar el sobreseimiento de las actuaciones, «sin perjuicio de su reapertura para el caso de que resultasen nuevos indicios contra dicha persona».

En este sentido, la Audiencia Provincial de Zaragoza ha estimado el recurso que presentó la Abogacía del Estado en nombre de González Laya. Los servicios jurídicos defendieron que no había elementos que permitiesen acreditar un posible delito de prevaricación, de encubrimiento o de falsedad documental por parte de la exministra.

La Abogacía insistió en que lo que procedía era el archivo para que no se alargara «innecesariamente» una investigación que suponía «afecciones y consecuencias desfavorables» para la extitular de Exteriores. La Fiscalía coincidió en que debía cerrarse la causa para la exministra.

«ACTO POLÍTICO»

La Audiencia de Zaragoza ha desestimado la tesis de las acusaciones de que las autoridades españolas eran conocedoras de que existía una orden de localización de Ghali librada por la Audiencia Nacional y que –con la finalidad de evitar que se supiera la entrada en España del líder del Polisario– organizaron la entrada de manera que no quedara constancia de quién era en realidad la persona que llegó a España.

«A nivel indiciario parece indudable que el Sr. Ghali accedió a territorio español sin someterse a los controles fronterizos a que debería y esto fue una decisión expresa de personas relacionadas con el poder ejecutivo«, han asegurado. Han precisado, sin embargo, que se trata de «un acto político o de gobierno al que no podría darse trascendencia en sede penal».

Ante el argumento del juez Lasala de que los responsables del Ministerio de Interior sabían con antelación de la llegada de Ghali y omitieron información de forma consciente a la Justicia española sobre su ubicación, la Audiencia Provincial ha incidido en que el magistrado instructor es «consciente de la insuficiencia de indicios que soporten» dicha tesis y «del escaso progreso obtenido en los últimos tiempos, así como la improbabilidad de encontrar algún otro indicio más».

CONFIRMA EL ARCHIVO PARA EL ‘NÚMERO DOS’

En el marco de la resolución, los magistrados han desestimado el recurso que presentaron las acusaciones con la intención de reabrir el procedimiento para el ex jefe de gabinete del Ministerio dirigido entonces por González Laya. Así, han confirmado el archivo para Camilo Villarino.

Al hilo, han recordado que se trata de un sobreseimiento provisional y que en caso de que se practiquen nuevas diligencias que deriven en indicios contra el que fuera número dos de Exteriores podría «acordarse la reapertura de las actuaciones».

En 14 folios, la Audiencia de Zaragoza ha hecho un repaso de los hechos hasta ahora recabados en la investigación. Ha recordado la llegada de Ghali a la base aérea de Zaragoza a bordo de un avión procedente de Argelia sin someterse a controles de frontera ni de documentación, así como su posterior traslado al Hospital San Pedro de Logroño.

Los magistrados han reiterado que «la decisión de permitir la entrada de Ghali de forma sigilosa» para «no afectar» la relación de España con otros países «forma parte de las relaciones exteriores» del país y –aunque lo acertado o no de dicha decisión y las consecuencias de ella derivadas pueden «ser objeto de crítica»– es «un acto político que excede del ámbito de la prevaricación».

Sobre el argumento del juez instructor de que la llegada del líder del Polisario a España fue una «operación» que involucraba a varios ministerios y estaba coordinada por el propio presidente Pedro Sánchez, la Audiencia Provincial ha asegurado que, aunque ello fuese cierto, no hay indicios de que González Laya y Villarino supieran que la Audiencia Nacional había pedido ubicar a Ghali para tomarle declaración como investigado por una querella que se presentó en su contra.