El Gobierno ha aprobado este martes la transposición de la directiva europea de Derechos de Autor en el entorno digital que, entre otras cuestiones, permite a cada editor y titular de derechos gestionarlos, bien de manera individual mediante negociación directa con los agregadores digitales de contenido, o bien a través de una entidad de gestión colectiva con carácter voluntario, no obligatorio.
Así lo ha dado a conocer el Ministerio de Cultura y Deporte en un comunicado, después de que la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, anunciara su aprobación en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. El Ejecutivo ha dado luz verde a esta medida dentro de un Real Decreto-ley por el que transpone las directivas europeas sobre derechos de autor y derechos afines en el Mercado Único Digital.
En concreto, en cuanto a la protección de las publicaciones de prensa en lo relativo a los usos en línea (artículo 15 de la directiva europea), el Real Decreto-ley reconoce un nuevo derecho conexo para editores y autores de prensa creado en la directiva europea.
«Se trata de un derecho con entidad propia, del que son titulares las editoriales de publicaciones de prensa y agencias de noticias respecto a los usos en línea de sus publicaciones de prensa, frente a los prestadores de servicios de la sociedad de la información», ha manifestado el departamento que dirige Miquel Iceta.
En este sentido, ha indicado que, con la transposición de la directiva europea, se regula en España la actividad consistente en la reproducción de un fragmento de la publicación (snippet) por parte de agregadores de contenido/noticias, para su posterior puesta a disposición en sus propias páginas o plataformas.
Respecto al modo de gestión de este derecho, el Real Decreto-ley no se pronuncia, dando así la opción y libertad a cada de editor y titular de derechos de gestionarlo, bien de manera individual mediante negociación directa con los agregadores digitales de contenido, o bien a través de una entidad de gestión colectiva con carácter voluntario, no obligatorio.
Así, recalca que la negociación de las autorizaciones a los agregadores de contenido para la utilización de estos materiales se realizará «de acuerdo con los principios de buena fe contractual, diligencia debida, transparencia y respeto a las reglas de la libre competencia, excluyendo el abuso de posición de dominio en la negociación».