El club del entrenador detenido por abusos asegura que no constaban delitos en el certificado

El San Fernando Club Deportivo ha asegurado que cumplió con los requisitos exigidos por la Real Federación Andaluza de Fútbol, así como los protocolos y solicitó «en tiempo y forma» el certificado de carencia de delitos de naturaleza sexual expedido por el Ministerio del Interior en junio del presente año, necesario para tramitar la ficha federativa del «colaborador» detenido por abusos sexuales, «sin que constase delito alguno».

En una nota, el club isleño, que milita en la Primera división de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), ha señalado que, a pesar del derecho fundamental a la presunción de inocencia, ha decidido de forma irrevocable relevar de sus funciones.

Asimismo, el club ha condenado y lamentado los hechos ocurridos y ha afirmado que «colaborará en todo cuanto le requieran las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que este tipo de situaciones no se vuelvan a repetir en un futuro en el entorno de nuestra sociedad».

Cabe recordar que la investigación para la detención de esta persona se inició a raíz de una denuncia presentada en la Guardia Civil de Chiclana de la Frontera, donde la familia de un menor de 11 años relataba cómo su hijo había caído en la red de un adulto con el que habría mantenido conversaciones de contenido sexual llegando a intercambiarse fotografías intimas a través de la red social.

Se da la circunstancia de que el detenido, de 30 años, cuenta con dos condenas anteriores dictadas por la Audiencia Provincial de Almería –una de ellas ya ratificada por el TSJA– por embaucar a menores de un campamento de verano de Ronda (Málaga) a los que pedía imágenes de carácter sexual con las que posteriormente elaboraba material pedófilo que después difundía.

La última de las sentencias fue dictada el pasado mes de julio por la Sección Tercera de la Audiencia de Almería, que le impuso un año y nueve meses de prisión por hacer que un menor de 13 años le remitiera fotografías de su zona íntima tras mantener con él conversaciones de temática sexual a través de Whatsapp e Instagram, las cuales fueron aportadas a la causa como prueba de cargo, según el fallo, contra el que cabía recurso de apelación.

No obstante, el hombre ya había sido condenado también en Almería a 25 años de cárcel como autor de seis delitos de embaucamiento, ocho de difusión pornográfica a menores de edad, tres delitos de elaboración material pornográfico infantil agravados y un delito de exhibicionismo concurriendo sobre once menores, todos ellos varones.