La prórroga del toque de queda en Navarra afecta a 54 municipios

El Gobierno de Navarra, con el aval del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, ha renovado, mediante la Orden Foral 31/2021, de 24 de agosto, el toque de queda selectivo, mientras se mantienen vigentes el resto de medidas específicas de prevención frente al Covid-19.

El toque de queda, que se aplica en aquellos municipios en un nivel de riesgo muy alto, con valores de incidencia por encima de los 250 casos por 100.000 habitantes en 14 días y los 125 en los últimos 7, afecta a 54 localidades, entre las que no se encuentra Pamplona.

En concreto, las localidades afectadas son Aberin, Alsasua, Andosilla, Añorbe, Arano, Arantza, Arguedas, Armañanzas, Azagra, Barillas, Bera, Berriozar, Betelu, Burlada, Cadreita, Cárcar, Cascante, Corella, Estella-Lizarra, Etxarri-Aranatz, Ezcabarte, Falces, Fustiñana, Goizueta, Guirguillano, Huarte, Iturmendi, Lekunberri, Lesaka, Lodosa, Lumbier, Luzaide-Valcarlos, Mélida, Milagro, Murchante, Murieta, Oiz, Oláibar, Pitillas, Puente la Reina, Ribaforada, Salinas de Oro, San Adrián, San Martín de Unx, Sorlada, Sunbilla, Tiebas-Muruarte de Reta, Torres del Río, Tudela, Valle de Egüés, Viana, Villava, Zizur Mayor y Zugarramurdi.

La nueva norma, que estará en vigor entre el viernes 27 de agosto (00.00 horas) y el 2 de septiembre (incluido), mantiene asimismo la limitación de la movilidad nocturna -entre la 1 y las 6- los sábados y domingos, festivos, y fechas (incluidas las vísperas) en aquellos municipios en los que hubiera correspondido celebrarse las fiestas patronales (10 localidades). Si la medida afectara a municipios en cuyo ámbito territorial existan concejos, con fechas distintas de fiestas patronales, esta medida solamente se aplicará durante esos días a los concejos en los que se hubieran celebrado las fiestas y no en el resto del municipio.

En estas localidades, únicamente se podrá circular durante esas horas nocturnas para actividades como la adquisición de medicamentos y productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad, asistencia a servicios sanitarios y veterinarios, cumplimiento de obligaciones laborales o legales, cuidado de personas vulnerables, repostaje en gasolineras para la realización de las actividades citadas hasta ahora, y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

No hay cambios en otras normativas y artículos vigentes y se mantienen horarios de cierre, aforos y medidas en diferentes actividades y ámbitos ya conocidas previamente.