La AN acuerda el archivo definitivo para Indra en la pieza 9 de ‘Púnica’

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado este jueves el sobreseimiento definitivo para Indra en el marco de la pieza 9 de la macrocausa ‘Púnica’, en la que se investiga la supuesta financiación irregular del Partido Popular (PP) en la Comunidad de Madrid.

Así se desprende de la información enviada por esta compañía a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Señala en el hecho relevante que este mismo jueves ha recibido la notificación del auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, con fecha de 8 de julio, que «decreta el sobreseimiento definitivo de las actuaciones respecto de la sociedad en el procedimiento de Diligencias Previas 85/2014, pieza separada 9 (conocido como ‘Operación Púnica’)».

La Sala respalda así la decisión del magistrado que instruye esa causa, Manuel García-Castellón, quien ya en marzo acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra Indra como persona jurídica en contra del criterio de la Fiscalía Anticorrupción.

En dicho auto, con fecha de 23 de marzo, el magistrado acordaba esta medida al «no haber resultado la existencia de un incumplimiento grave de los deberes de control, vigilancia o supervisión por parte de la entidad, respecto de la actuación de sus empleados y además, al haberse constatado la adopción y ejecución, antes de la comisión del delito, de un modelo eficaz de prevención supervisado por un órgano autónomo».

Indra había solicitado previamente el sobreseimiento al entender que, una vez realizadas todas las diligencias necesarias y pertinentes, se había acreditado que las conductas presuntamente realizadas por algunos de sus profesionales no podían ser atribuidas a la persona jurídica en su conjunto, además de que la compañía contaba con un modelo de cumplimiento normativo eficazmente implementado.

Esta decisión del juez, que fue recurrida por varias de las partes personadas, incluida la Fiscalía, fue ratificada de nuevo por auto de 10 de mayo, en el que García-Castellón insistía en el archivo e incidía en que durante la instrucción no ha quedado debidamente acreditado «la existencia de un incumplimiento grave de los deberes de control, vigilancia o supervisión por parte de la entidad»

El Ministerio Público había impugnado el archivo al entender que el instructor se estaba «arrogando funciones que corresponde al tribunal al apreciar la existencia de una excusa absolutoria». Pero el juez no compartía esta postura y afirmaba que tiene la misma competencia para pronunciarse sobre el sobreseimiento de cualquier investigado, ya sea persona física o jurídica, «cuando se aprecia que no resulta debidamente acreditada la comisión de la infracción».

PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 recordaba en mayo que la citación como investigada de Indra en 2019 por su presunta participación en un delito de cohecho se basó en que la empresa «nunca activó ni aplicó protocolo alguno dirigido a evitar la comisión de hechos delictivos».

El instructor afirmaba que, tras la práctica de diligencias, no ha resultado acreditado que la empresa careciera de un mecanismo efectivo de prevención de delitos. «Así, se acuerda el archivo, no porque se entienda que no existen hechos delictivos, sino porque se concluye que la entidad tenía instaurado, al tiempo de consumarse los hechos aparentemente delictivos, un programa de cumplimiento normativo eficaz», señalaba.

En este sentido, indicaba, apoyándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que la responsabilidad penal de la persona jurídica quedará excluida si se acredita la existencia de mecanismos efectivos de exclusión o disminución relevante del riesgo de perpetración de delitos en la empresa.

«No puede exigirse a la persona jurídica la implantación de un sistema de prevención con eficacia absoluta, de suerte que su simple existencia impida la comisión de delito alguno. La eficacia del programa solo puede ser medida desde la capacidad de impedir y reaccionar», añadía el juez, que recordaba que Indra aportó documentación, identificó a los responsables de los hechos aparentemente delictivos y tomó medidas al respecto.