Consejo Fiscal aprueba el informe sobre el anteproyecto de LECrim

El Pleno del Consejo Fiscal ha aprobado este miércoles por unanimidad el informe del anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), y pide algunos ajustes en la norma, como limitar la intervención del juez de garantías. El consejo ha estado reunido tres días para debatir sobre este asunto en el Pazo de Mariñán, en la localidad de Bergondo (A Coruña).

Así lo ha anunciado a los medios la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, quien ha manifestado que este miércoles supone un «día muy importante» para la carrera fiscal. «Esta reforma cambia completamente el modelo procesal que teníamos desde 1882, que no era malo, pero había que actualizar», ha explicado Delgado.

El trabajo de este informe empezó en el mes de noviembre con un informe de la Secretaría Técnica. Los miembros de las Fiscalías Territoriales leyeron el informe e hicieron aportaciones, hasta que finalmente se llegó a un documento de 706 páginas.

«Valoramos muy positivamente el cambio de modelo procesal, en el que se da la instrucción y la investigación al Ministerio Fiscal, con la desaparición del juez de instrucción», ha explicado la fiscal.

AJUSTES Y AMPLIACIÓN DE PLANTILLA

Delgado ha destacado algunos ajustes necesarios y ha pedido «redefinir la figura del juez de garantías, para que sea garante de los derechos y de las libertades, pero no tutor de la investigación». Otra puntualización es que creen «que deben reducirse alguno de los trámites que establece este anteproyecto, para agilizar la tramitación de las investigaciones, siendo más eficaces y eficientes, sin perder la garantía de las partes», ha añadido.

«Necesitamos un nuevo Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, para adaptar la figura del fiscal a este nuevo procedimiento procesal, porque será el que lidere la investigación, y debe hacerlo con plenas garantías de autonomía y con los suficientes medios personales y materiales», ha explicado Dolores Delgado.

A preguntas de los medios sobre la necesidad de más personal, Delgado ha manifestado que los fiscales necesitaban «más autonomía, con un presupuesto más alto y una ampliación de plantilla». Además, ha explicado que España tiene «el ratio más bajo de fiscales por 100.000 habitantes», con cinco, frente a los once de Europa, y que además tienen más competencias unidas a las que tendrán con la nueva LECrim.

«Para que el fiscal asuma la investigación de forma más ágil y moderna, necesitamos una ampliación de plantilla, si no, es imposible desarrollar esta función», ha reclamado la FGE.

EL CAMBIO DE SISTEMA «APROXIMA» A ESPAÑA A OTROS PAÍSES EUROPEOS

Por su parte, el Consejo Fiscal ha celebrado la iniciativa del Gobierno de emprender el cambio de sistema procesal con el fiscal al frente de la investigación, un sistema que «aproxima y homogeneiza» a España con otros países europeos.

«El vigente modelo español de juez de instrucción, implantado hace 140 años, es casi una excepción en nuestro entorno. Una sociedad del siglo XXI no puede operar con un proceso penal decimonónico», han destacado desde el órgano del Ministerio Fiscal en un comunicado.

Asimismo, desde el Consejo han insistido en la idea lanzada por Delgado, explicando que «se prevé la necesidad de atribuir sin complejos la dirección de la investigación criminal al Ministerio Fiscal», limitando de esta forma la intervención del juez de garantías «a la tutela de los derechos y libertades fundamentales que puedan verse comprometidos durante el curso de la investigación».

En este contexto, han señalado que «la obligación y responsabilidad del Ministerio Fiscal, como institución que desempeña el papel protagónico en el nuevo modelo procesal, es contribuir con su experiencia, conocimientos técnicos y especialización a mejorar el texto prelegislativo.

El informe de 706 páginas pone el foco, como han recordado desde el Consejo, «en aquellos aspectos del Anteproyecto que pueden suponer dilaciones y otras disfunciones que pueden dar lugar a la ralentización de los procedimientos y a generar indeseables espacios de impunidad».

Ahora, han añadido, las nuevas funciones de la Fiscalía «como director de la investigación exigen una correlativa reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que suponga un avance en los espacios de autonomía, especialización, transversalidad y descentralización, promoviendo la confianza de la ciudadanía en la institución».

LA NUEVA LECRIM

En noviembre de 2020 se conocieron algunas de las novedades de esa nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, como por ejemplo que dividirá el procedimiento penal en tres grandes etapas, la investigación, el juicio de acusación y el juicio oral.

La primera fase, la de la investigación se desenvolverá bajo la dirección del Ministerio Fiscal y contará con la figura del juez de Garantías, que será el garante de los derechos fundamentales, de los derechos de las partes y actuará en general «como tercero imparcial llamado a controlar la legalidad de las actuaciones».

Según ese borrador, con la fase intermedia, que corresponde al juicio de acusación, las actuaciones ya adquieren una impronta plenamente jurisdiccional, y el juez de la Audiencia Preliminar será quien resuelva «sobre la suficiencia de la acusación y la depuración de la prueba ilícita».

En la tercera fase, la del juicio oral ante el plenario se practicarán «las verdaderas pruebas aptas para enervar la presunción de inocencia ante un tribunal imparcial que no ha participado en las anteriores fases».

Durante la primera fase, el anteproyecto incluye varias novedades respecto a la figura de la denuncia. La primera es que si bien hasta ahora había exención del deber de denunciar en caso de vínculo familiar o afectivo, ahora esa excepción no sirve para supuestos delitos cometidos contra bienes personales de menores de edad, porque prima el deber de protección y garantía de la integridad e indemnidad del menor.

Una segunda novedad es que a las clásicas fórmulas de presentación verbal o escrita, se añade la posibilidad de denunciar de forma telemática. Para ello se puede usar la firma o el certificado digital pero también los canales oficiales establecidos al efecto por la autoridad o cualquier otro medio oficial que garantice la comprobación de la identidad del denunciante.