Condenado a 30 meses de cárcel por atropellar mortalmente a una joven

El juzgado de lo Penal número 1 de Vinaròs ha condenado a un hombre a dos años y medio de prisión por atropellar en 2017 a dos jóvenes en una parada de bus de Benicarló (Castellón), accidente en el que una de ellas -menor de edad- resultó fallecida y otra sufrió múltiples lesiones.

La sentencia condena así al acusado a un año y diez meses de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave y a ocho meses más por un delito de lesiones por imprudencia grave. Sin embargo, absuelve al procesado del delito contra la seguridad vial del que había sido acusado.

Además, en concepto de responsabilidad civil, el acusado y una entidad aseguradora deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la mujer que resultó lesionada con 153.000 euros por todos los perjuicios causados a la misma, y sin perjuicio de las cantidades ya abonadas de modo previo al juicio oral -87.150,99 euros-.

La sentencia establece como probado que, sobre las 22.37 horas del 14 de septiembre de 2017, el acusado conducía un vehículo propiedad de un hermano por la avenida Magallanes de Benicarló a velocidad excesiva sin respetar el límite de los 50 kilómetros/hora en estado de extremo cansancio como consecuencia de haber estado de fiesta la noche anterior al menos hasta las 2.30 horas y tras descansar exclusivamente hasta las 7.00 horas, e igualmente estaba afectado por la ingesta de la dosis diaria de metadona dirigida a su deshabituación a las drogas.

Esto provocó que entrara en estado de somnolencia y perdiera el control del vehículo, perdiendo la trayectoria rectilínea que llevaba y dirigiéndose progresiva y paulatinamente hacia la derecha, saliéndose de la vía y subiéndose a la plataforma elevada de una estación de servicio, donde arrolló con el frontal del vehículo a dos mujeres que se encontraban esperando el autobús. Una de ellas falleció y la otra sufiró lesiones.

El acusado fue sometido a las 23.35 horas a las pruebas de detección alcohólica con resultado negativo, y se le permitió marcharse a su domicilio sobre las 00.30 horas del día siguiente.

Posteriormente, el acusado fue requerido por agentes de la Policía Local para someterse a las pruebas de detección de drogas y se obtuvo la muestra a las 4.45 horas del día 15 de septiembre, que arrojó un resultado positivo a cocaína, benzoilecgonina y metadona. El procesado se encontraba desde enero de 2016 en tratamiento por su dependencia a la heroína y estaba incluido en el programa de mantenimiento con metadona, que le era suministrada semanalmente.

El acusado, en el momento de realizarse la prueba de detección de drogas, presentaba como síntomas de su intoxicación comportamiento adormilado, inquietud, parpadeo constante, voz de tono bajo yrasposo, espasmo ocular y diámetros pupilares a 3 milímetros.

La sentencia concluye que no se dispone de prueba objetiva de la drogadicción durante la conducción, sino solo de indicios que no permiten desvirtuar la presunción de inocencia del acusado respecto del delito de conducción bajo la afección de drogas que se le atribuía.