Quim Torra pide al TSJC que deje en suspenso la ejecución de su inhabilitación

La defensa del expresidente de la Generalitat Quim Torra ha pedido este miércoles al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que deje en suspenso la ejecución de la sentencia por la que fue inhabilitado.

En el recurso de súplica, el letrado Gonzalo Boye pide dejar sin efecto el auto del lunes en el que el TSJC acordó ejecutar la pena de inhabilitación por un delito de desobediencia, que dictó después de que el Tribunal Supremo (TS) avaló su fallo.

El abogado sostiene que el auto del TSJC declara la firmeza de la sentencia del TS –que resolvió el recurso de casación– pero «sin haberse declarado la firmeza de la sentencia» del TSJC, que condenó a Torra el 19 de diciembre de 2019.

Así, esgrime la «nulidad manifiesta de la ejecución efectuada» el lunes, al hacerse sin declarar antes la firmeza de la sentencia condenatoria.

«VULNERACIÓN PALMARIA» DE DERECHOS

«No habiendo sido declarada la firmeza de la indicada sentencia de 19 de diciembre de 2019 dictada por esta Sala, en modo alguno procedía su ejecución, habiéndose producido la enésima vulneración palmaria de los derechos fundamentales», reprocha Boye en el recurso.

Por todo, el letrado pide que la suspensión de la inhabilitación se mantenga hasta que el Tribunal Constitucional (TC) se pronuncie sobre el recurso de amparo que la defensa de Torra ha presentado.

Lo justifica con un auto del Supremo de 1998, que recoge que «no corresponde al TS ni a ningún otro órgano de la jurisdicción ordinaria resolver sobre la petición de suspensión de ejecución como consecuencia de la interposición del recurso de amparo ante el TC, sino que ello compete exclusivamente a este último Tribunal».

Boye señala que es la Sala de lo Penal del Supremo la que puede decidir si paralizar o no la ejecución de la sentencia mientras el TC resuelve el recurso de amparo, y cita también un auto del TS en 1995: «Procederá en principio acordar la suspensión si las resoluciones judiciales afectan a bienes o derechos del recurrente en amparo de imposible o muy difícil restitución a su estado anterior».

«REGLAS DE LA PRUDENCIA»

Por eso, apela a «las reglas de la prudencia a las que se refería la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo» en los autos de 1998 y 1995 para solicitar que se suspenda la inhabilitación de Torra hasta que el TC se pronuncie, siguiendo esa jurisprudencia.

Señala «las graves consecuencias que tiene la ejecución de una condena de inhabilitación, no solo para el M. H. Sr. Quim Torra i Pla, sino para el conjunto del sistema institucional de la Generalitat», y pide además suspender la pena mientras el TSJC resuelve este recurso de súplica.

Este mismo miércoles, el TSJC ha aplazado la vista –estaba señalada para el 5 de octubre– para acordar los términos del cumplimiento de la condena de Torra, después de que su letrado ha alegado incompatibilidades de agenda.