Canarias ha cumplido el período medio de pago global a proveedores con el nuevo Gobierno

Desde que tomara posesión el nuevo Ejecutivo, no ha habido un solo mes de retraso sobre lo estipulado en la normativa   

La Comunidad Autónoma de Canarias cumplió con el período medio de pago global a proveedores al cierre del mes de diciembre de 2019 con un dato de 23,80 días. Un plazo que está por debajo de los 30 días legales que marca la normativa sobre morosidad comercial, según el informe de seguimiento que la Intervención General realiza sobre el pago de la deuda comercial presentado este jueves en el Consejo de Gobierno. Desde que el nuevo Gobierno de Canarias tomara posesión el pasado mes de julio, la Comunidad Autónoma ha cumplido el plazo todos los meses sin excepción.

Este resultado incorpora el cumplimiento del Servicio Canario de la Salud (SCS) con 26,69 días. No obstante, el Gobierno de Canarias destaca que se ha mantenido la senda de cumplimiento con el plazo legal durante el segundo semestre del ejercicio 2019 gracias a las medidas preventivas activadas por la Intervención General de la Comunidad Autónoma desde el mes de julio. En concreto, con la emisión de informes de diagnóstico y análisis de riesgo de incumplimiento, la coordinación entre la Dirección General de Presupuestos y la Dirección General del Tesoro en tareas de monitorización de la deuda pendiente de pago fuera de plazo, para agilizar la tramitación de las facturas, así como la inyección de 205,5 millones de euros de crédito destinado a la reducción de la deuda comercial.

Por otro lado, se han cumplido también los tiempos medios de tramitación de facturas, que es el periodo que va desde su entrada en el registro hasta su abono, en términos globales, inferior a los 60 días.

20200220 Presgobcan Consejo Gobierno 48Respecto al Sector Publico Estimativo, Universidades y Entidades independientes, si bien no inciden negativamente en los datos globales de cumplimiento de la Comunidad Autónoma, hay determinados casos de incumplimientos, a los que se instará a justificar el retraso.

El incumplimiento del Periodo Medio de Pago Global a Proveedores supone un incumplimiento del principio de sostenibilidad financiera de la deuda comercial en los términos expuestos por la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. En este sentido, el Gobierno considera muy importante adoptar medidas preventivas y correctivas con celeridad al objeto de que los incumplimientos no deriven en la aplicación por parte de la Administración General del Estado de medidas coercitivas. Los datos de análisis se remiten mensualmente al Ministerio de Hacienda.

Por ello, en el ámbito de la Intervención General de la Comunidad Autónoma se ha previsto trabajar en un protocolo de procedimiento específico para el pago de facturas del SCS ligado a los planes de acción que se impulsan para garantizar el cumplimiento mensual.

El Gobierno suspende el PGO Supletorio de Teror y posibilita la construcción de un centro sociosanitario

El ejecutivo aprueba una normativa transitoria de ordenación en sustitución de la suspendida para viabilizar la puesta en marcha de esta instalación

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que suspende, para un ámbito territorial concreto, el Plan General de Ordenación (PGO) Supletorio de Teror, en Gran Canaria, y aprueba las normas sustantivas transitorias de ordenación en sustitución, a fin de viabilizar la construcción de un centro sociosanitario en la zona.

El ámbito territorial afectado por la suspensión del PGO es la totalidad del Suelo Urbanizado no Consolidado por la Urbanización (SUNCU-5) ‘Castañero-Borbullón’, que corresponde a una parcela de propiedad municipal. Este espacio, por tanto, es objeto para la aplicación de las normas sustantivas transitorias de ordenación aprobadas.

Este acuerdo surge de la necesidad de delimitar y ordenar un nuevo Sistema General en dicho ámbito, que sustituya el uso residencial actual de la parcela por un uso sanitario y asistencial.

El Gobierno de Canarias considera acreditadas las razones de interés público y social que motivan la actuación excepcional de suspensión de dicho planeamiento, en atención a los cambios demográficos y sociales que están provocando un incremento progresivo de la población en situación de dependencia, ya sea por razones de enfermedad, envejecimiento u otras causas de discapacidad.

Esta situación ha generado que, en la actualidad, exista un importante déficit de recursos y plazas en centros residenciales de día y de noche para personas en situación de dependencia y, en general, para personas mayores o con discapacidad.