La Fiscalía pide que se suspenda la pena de prisión de Borja, condenado por matar a un ladrón

La Fiscalía de Málaga ha pedido que se suspenda la pena de dos años de cárcel impuesta a Borja W.V. por matar a un ladrón durante un forcejeo, en Fuengirola. El condenado había salido en defensa de una mujer a la que le habían robado el bolso.

Según informa Málaga hoy‘, el Ministerio Público se ha pronunciado a favor de Borja después de que el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga haya requerido su ingreso voluntario en la cárcel, en un plazo de 15 días, tras declararse firme la sentencia por homicidio por imprudencia grave.

La defensa ha explicado que la orden de prisión responde al hecho de que su cliente tiene que afrontar el pago de una indemnización de 180.000 euros, de la que queda por pagar 174.000 euros. Sin embargo, sí cumple con los otros dos requisitos indispensables para no entrar que son una pena no superior a dos años de cárcel y ausencia de antecedentes penales.

En este marco, Vox puso en marcha una campaña de ‘crowdfunding’  para recaudar fondos con los que ayudar a Borja y tras recolectar 110.000 euros, el partido político ha confirmado que el condenado los ha aceptado, aunque pretende seguir en el anonimato.

En declaraciones a ‘Espejo Público’, Iván Espinosa de los Monteros, portavoz de Vox en el Congreso, ha puntualizado que todavía hay transferencias por llegar y que han confirmado con el abogado de Borja que el dinero irá al juzgado.

Tras la petición de la Fiscalía, la decisión queda en manos del Juez.

Según la sentencia del Juzgado de lo penal número 9 de Málaga, recogida por el diario andaluz, se considera probado que Borja salió en auxilio de una mujer y persiguió a uno de los ladrones con el que forcejeó: «En el curso del cual el acusado, siendo consciente de las graves consecuencias que podría causar con su acción aunque sin pretender ni consentir la efectiva producción de las mismas, propinó a aquél dos puñetazos, uno de ellos en la cabeza y otro, bien en el mismo lugar, bien en el cuello o en el hombro, que determinó que cayera al suelo, sufriendo un traumatismo craneoencefálico con hemorragia cerebral que le provocó la muerte el día 10 de febrero de 2015».

El juez considera que los hechos no se pueden considerar dolosos, pero tampoco fortuitos y en cuanto a la penalidad, pone de relieve la conducta posterior del acusado que materializó abandonando el lugar tras producirse esa agresión y «despreocupándose» del estado del agredido sin dar cuenta a la autoridad policial o sanitaria» y que en un primer momento manifestó ante los agentes que se hicieron cargo de la investigación desconocimiento de los hechos.