La Seguridad Social amplía la baja laboral por el Covid-19 a los afectados por restricciones para salir del municipio

El Consejo de Ministros aprobó este martes unas modificaciones en materia de Seguridad Social como la ampliación de las situaciones protegidas por la baja laboral derivada del Covid-19, no solo a quienes estén contagiados o en aislamiento, sino también a trabajadores afectados por restricciones en las salidas del municipio donde tengan su domicilio debido al confinamiento.

Esta consideración tiene “carácter excepcional” como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del nuevo coronavirus Covid-19.

Igualmente, se amplía para los profesionales sanitarios nombrados como personal estatutario que compatibilizan su pensión la cobertura de la protección de Seguridad Social a todas las contingencias.

Por otra parte, se aprobó este martes una modificación respecto a la acreditación de pérdida de ingresos de, al menos, el 75%, para acceder a la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos.

En concreto, se puntualiza el alcance de la protección y la acreditación de este requisito para aquellas actividades que perciben ingresos “de manera desigual a lo largo de campañas o periodos temporales superiores al semestral”, que es la referencia para acreditar dicha caída en los ingresos.

La flexibilización aprobada la semana pasada para los autónomos del sector agrario y de la cultura se extiende a las actividades del Régimen del Mar. Para los trabajadores agrarios, la comparativa en la caída de su facturación se realizará con los mismos meses del año anterior y no el promedio del semestre anterior, y los de la cultura compararán la caída de ingresos del mes con la media de los 12 meses anteriores.

Por último, también se dio luz verde a una modificación sobre la moratoria de las cuotas para empresas y autónomos para incluir algunas puntualizaciones.

La moratoria, en los casos que sea concedida, únicamente afectará a las aportaciones empresariales en la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, así como a las cuotas de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.

SERVIMEDIA