Especial 20 Aniversario

Absolución para la periodista procesada por las noticias del suceso de Laura Luelmo

En un giro inesperado, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha absuelto a la periodista que había sido condenada a dos años de cárcel por la Sección Tercera de la Audiencia de Huelva por un delito de revelación de secretos.

La decisión se fundamenta en el hecho de que los hechos probados en los que se basó la sentencia inicial «no son susceptibles de integrar» el mencionado delito, ni tampoco hay pruebas del «posible origen delictivo o ilícito de la información recogida en los artículos periodísticos».

La sentencia del TSJA viene a revertir la condena impuesta por la Audiencia de Huelva, que establecía que la periodista había obtenido información del sumario del caso y la había difundido a través de diversos artículos. Los jueces de la Audiencia consideraron en su momento que algunos detalles revelados eran «innecesarios e irrelevantes» para el interés público y que afectaban «a la intimidad de la víctima y su familia». Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha determinado que esta acusación no puede sostenerse.

Absolución Fundamentada en Ausencia de Pruebas de Origen Ilícito

Los magistrados de la Sala Civil y Penal del TSJA han fundamentado la absolución de la periodista en el hecho de que la sentencia dictada por la Audiencia «no contiene ninguna referencia concreta, no ya en los hechos probados, sino tampoco en sus fundamentos jurídicos, al posible origen delictivo o ilícito de la información recogida en los artículos periodísticos». Esto es, según el TSJA, «imprescindible» para configurar el delito de revelación de secretos, algo que no se acreditó en el proceso.

En este sentido, el tribunal de la Audiencia había sostenido que la acusada debía conocer por su profesión que los datos sumariales son de naturaleza reservada, salvo para las partes intervinientes, «por lo que necesariamente tuvo que ser consciente de su procedencia ilegítima, con independencia del procedimiento por el que llegaran a su poder».

Sin embargo, el TSJA incide en que «una cosa» es que la periodista supiera del carácter reservado de los datos publicados, «y otra muy distinta que fuera consciente de la ilicitud de su obtención», lo cual no quedó demostrado.

Importancia de la Libertad de Información

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía supone un importante espaldarazo a la libertad de información y al ejercicio de la profesión periodística. Los magistrados han dejado claro que, si bien la periodista pudo conocer el carácter reservado de los datos, eso no implica necesariamente que fuera consciente de su origen ilícito, algo que debía acreditarse de forma fehaciente.

Este fallo judicial pone de manifiesto la relevancia de salvaguardar los derechos fundamentales de los profesionales de la información, evitando que puedan ser condenados por el mero hecho de publicar noticias, incluso cuando éstas procedan de fuentes reservadas. La sentencia del TSJA sienta un importante precedente en la defensa de la libertad de prensa y subraya la necesidad de una interpretación rigurosa y objetiva de los delitos relacionados con la revelación de secretos.