Ante los graves retrasos y molestias generadas en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas por la huelga del personal de seguridad que han provocado largas colas en los filtros de seguridad, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) quiere recordar a quienes viajan sus derechos, y ofrecer recomendaciones para evitar problemas y reclamar si es necesario.
AENA asegura que los tiempos de paso por los controles de seguridad se están normalizando hoy, tras las retenciones de hasta 50 minutos en la T4 por la mañana, que ha llevado a retrasar vuelos.
EL AEROPUERTO DE BARAJAS HA REGISTRADO UN TRÁFICO SUPERIOR A LOS 20.000 PASAJEROS DIARIOS EN ESTAS FECHAS
Los paros, convocados por discrepancias laborales en materia de salarios y condiciones de trabajo, han coincidido con un momento de alta afluencia en el aeropuerto madrileño, que en estas fechas maneja un tráfico superior a los 200.000 pasajeros diarios.
Aquí, tal y como recoge la OCU, en caso de huelga de personal, los pasajeros que han sufrido retrasos o han perdido el vuelo, deberán ser indemnizados.
LA OCU SEÑALA QUE SI HAN HABIDO RETRASOS O CANCELACIONES DE VUELO POR LA HUELGA EN BARAJAS, LOS AFECTADOS DEBERÁN SER INDEMNIZADOS
Pero hay una diferencia, al ser responsabilidad de AENA y no de una aerolínea, no hay unas compensaciones fijas por causa de retrasos o cancelaciones, pero la OCU asegura que la indemnización mínima, en caso de pérdida de vuelo, debe ser «el reembolso del billete y todos los gastos derivados de los perjuicios ocasionados».
En las situaciones en las que se produce una huelga de los controles de seguridad, no provocada por la aerolínea, ni por su culpa, la OCU ha avisado que no hay que poner una reclamación en estas, sino que hay que hacerlo directamente en AENA, que es quien tiene la responsabilidad de responder. Aena es el organismo que gestiona el aeropuerto, los accesos, servicios de seguridad en los filtros, etc. y es la que ha de garantizar que las instalaciones funcionen de manera razonable.

La Organización de Consumidores y Usuarios recuerda a los pasajeros que pueden reclamar a Aena por los daños causados por «el funcionamiento anormal de los servicios aeroportuarios». Es más, en caso de pérdida de vuelo, la reclamación será como mínimo el precio del billete de avión más todos los gastos ocasionados por la situación.
LA RESPONSABILIDAD ES DE AENA
«Los usuarios deben reclamar a AENA por el funcionamiento anormal de sus servicios puesto que si no cabe excepción por ser causa de fuerza mayor, y la responsabilidad del funcionamiento del control de seguridad es de AENA, es a esta entidad a la que se le ha de reclamar una indemnización, que, en caso de pérdida de un vuelo, será como mínimo el precio del billete del avión y todos los gastos ocasionados por los daños causados por la perdida del vuelo», dicta el comunicado de la OCU.
Ante esto, las obligaciones de las compañías de vuelos son diferentes. Tienen que informar del estado del vuelo, ofrecer alternativas si hay una cancelación, etc. Pero cuando el problema no está en su operativa, los usuarios no pueden reclamarle a esta.
DEBEMOS DOCUMENTAR TODO DESDE EL PRINCIPIO
Es así que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, AESA, ha recordado que los pasajeros afectados por la huelga tienen una serie de derechos, como es el de asistencia, reembolso o transporte alternativo en caso de que haya cancelaciones o retrasos. Pero quien indemniza, y realmente quien puede devolver el dinero que hemos pagado por tu billete, será AENA.

A la hora de reclamar, debemos documentar todo desde el principio, incluso adjuntando capturas de fotos o vídeos que puedan demostrar el descontrol y el estado que se ha producido, así como el tiempo de espera. Hay que conservar el billete, las tarjetas de embarque, los justificantes de que llegamos con antelación… Además de estos, también tendrás que tener las facturas y recibos de esos gastos extras que has tenido, como taxis, alojamiento, comidas, etc.
Así, la OCU ha recomendado a los pasajeros recopilar toda la documentación posible para acreditar los perjuicios sufridos. Entre las pruebas que pueden acompañar a la reclamación se encuentran las siguientes:
- Fotografías o vídeos que muestren las colas en los controles de seguridad.
- Justificantes de llegada al aeropuerto con antelación suficiente (tickets de taxi, hora de aparcamiento o capturas de localización).
- Facturas de los gastos ocasionados por la pérdida del vuelo o el retraso, como hoteles, comidas o transportes alternativos.