Los jueces abren la puerta a perdonar la deuda pública de los autónomos

Nuevas sentencias abren la puerta a que los autónomos puedan liberarse incluso de sus deudas con Hacienda, ampliando el alcance de la Ley de Segunda Oportunidad.

La Ley de Segunda Oportunidad se creó para dar oxígeno a trabajadores por cuenta ajena y autónomos ahogados por las deudas. Hasta ahora, funcionaba sobre todo para créditos con bancos o financieras privadas, pero siempre había un muro casi infranqueable: las deudas públicas, especialmente las contraídas con Hacienda o la Seguridad Social.

La norma solo permitía perdonar hasta 10.000 euros, lo que dejaba fuera a miles de familias y pequeños negocios que acumulaban cifras mucho mayores.

Porque sí; según explica ATA, hasta ahora uno de los mayores escollos para que los autónomos pudieran acogerse «con plenas garantías» a la Ley de Segunda Oportunidad era el tratamiento de la deuda pública.

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DEUDAS DE AUTÓNOMOS CON HACIENDA Y SEGURIDAD SOCIAL, UNA NUEVA SEGUNDA OPORTUNIDAD EN LOS TRIBUNALES

Es así porque en el artículo 489 del Texto refundido de la Ley Concursal, se establece un límite máximo de exoneración de 10.000 euros para deudas con la Agencia Tributaria y otros 10.000 euros con la Seguridad Social.

Ese límite ha empezado a resquebrajarse. Varios jueces mercantiles en España están dictando resoluciones en las que se exoneran de forma total deudas con la administración pública, apoyándose en un reciente pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Los Jueces Abren La Puerta A Perdonar La Deuda Pública De Los Autónomos Fuente: Freepik
Los Jueces Abren La Puerta A Perdonar La Deuda Pública De Los Autónomos Fuente: Freepik

En su sentencia, el alto tribunal europeo reconoció que los Estados pueden proteger sus créditos públicos en los procesos concursales, pero matizó que esa exclusión debe estar “justificada y ser proporcional». Y ahí es donde se han abierto las grietas.

SENTENCIAS PIONERAS EN MADRID Y ALICANTE LIBERAN DE LAS DEUDAS A LOS AUTÓNOMOS

Uno de los fallos más comentados es el del Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid, que en mayo de 2025 dictó el Auto 708/2025, considerado pionero. En él, el juez exoneró de manera completa la deuda pública de una persona que se acogió a la Ley de Segunda Oportunidad. Ya no se aplicó el tope de 10 000 euros, sino que se condonó la totalidad de lo debido.

Algo similar ocurrió en Alicante, donde el Juzgado de lo Mercantil nº 1 resolvió que, al no estar suficientemente justificada la limitación en la normativa española, también procedía a ampliar el perdón de la deuda pública más allá de la cifra prevista por ley. Estos precedentes están siendo seguidos de cerca por abogados, autónomos y particulares, porque marcan un posible cambio de rumbo en la interpretación judicial.

CASOS QUE PONEN CIFRAS AL CAMBIO

No se trata solo de resoluciones aisladas. En febrero de 2025, un juzgado español permitió exonerar más de un millón de euros en deuda pública dentro de un procedimiento que, en total, alcanzaba los 2,5 millones. La beneficiaria, una autónoma de Madrid, vio cómo quedaban canceladas sus obligaciones tanto con Hacienda como con la Seguridad Social, lo que fue calificado por los despachos implicados como un hito histórico.

Ejemplos como este muestran hasta qué punto los tribunales están aplicando de manera práctica la doctrina del TJUE. «La deuda pública no puede quedar blindada sin más, porque eso dejaría sin efecto el espíritu de la Segunda Oportunidad”, explican desde firmas especializadas como García Montoliú Abogados.

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 Los Jueces Abren La Puerta A Perdonar La Deuda Pública De Los Autónomos Fuente: Shutterstock
Fuente: Shutterstock

El argumento principal es que la Directiva busca una «verdadera liberación» del deudor. «Algo que no se consigue si se mantiene una parte sustancial de la deuda pública sin exonerar». El juzgado de lo Mercantil, en palabras de ATA, «cuestiona la justificación de la cifra de 10.000 euros y el porqué se limita exclusivamente a la AEAT y la Seguridad Social, dejando fuera otras deudas públicas como las de los ayuntamientos«.

LA BUENA FE DEL DEUDOR ES CLAVE

Aunque estas resoluciones abren una vía esperanzadora, los jueces insisten en que no cualquier persona puede acceder a este beneficio. La condición clave es la buena fe del deudor. Es decir, no haber actuado con fraude, no tener antecedentes por delitos económicos y haber intentado previamente alcanzar un acuerdo con los acreedores.

De esta manera, el sistema busca equilibrar la necesidad de dar una salida a quienes de verdad no pueden hacer frente a sus deudas con la obligación de evitar abusos. No se trata, por tanto, de un perdón generalizado, sino de un mecanismo pensado para casos en los que la carga financiera resulta insostenible y bloquea cualquier posibilidad de empezar de nuevo.

Para los autónomos, este giro judicial es especialmente relevante. Muchos negocios pequeños acumulan deudas con Hacienda y la Seguridad Social que superan con creces los 10.000 euros, y hasta ahora esas cantidades eran imposibles de borrar. La posibilidad de que queden exoneradas abre la puerta a que cientos de profesionales puedan retomar su actividad sin la losa de un pasivo impagable.


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