Un autónomo, al igual que los asalariados, tiene derecho a una pensión pública de jubilación, aunque su pensión máxima difiere mucho de la común. Porque sí; de media, la pensión que les corresponde a los autónomos es de hasta 400 euros menos que la de un trabajador por cuenta ajena.
Y si bien hasta 2023 los autónomos han podido elegir lo que querían aportar a la Seguridad Social, lo hacían a través de la famosa cuota de autónomos. Esta cuota tan polémica no es más que un pago mensual para contribuir a los servicios públicos del Estado: bajas médicas, pensiones de jubilación, paro y otros.
El trabajador enfrenta un desafío mayor en este proceso, ya que están adscritos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y, en general, cotizan por bases más bajas que los asalariados. Como resultado, sus pensiones de jubilación suelen ser menores en comparación con las de los trabajadores por cuenta ajena.
CÓMO SE CALCULA LA PENSIÓN MÁXIMA DE JUBILACIÓN DEL AUTONÓMO
La Seguridad Social hace un cálculo sobre lo cotizado por el trabajador en los últimos 25 años para acceder a la pensión máxima de jubilación. Si el autónomo cotizó por diferentes bases durante ese tiempo, es posible que se compensen y pueda acceder a la pensión máxima. Es importante destacar que cualquier período de tiempo sin cotizar no se integrará en su cotización y afectará a la pensión final.

Además, la base de cotización para los societarios es un factor clave para recibir una pensión alta en el futuro. También se puede ampliar la base de cotización en cualquier momento y de manera voluntaria, lo que aumentará la cuota mensual a pagar.
O lo que es lo mismo; su pensión máxima depende de la edad, el período cotizado, la media de los últimos 25 años y la cuota mensual que se haya abonado durante este tiempo.
SE TENDRÍA QUE HABER COTIZADO POR UNA BASE SUPERIOR A LOS 3.200 EUROS: ACTUALMENTE, SE CIFRA EN LOS 2.820 EUROS MENSUALES EN 14 PAGAS
Así, para obtener esta cuantía en la jubilación de manera automática, se tendría que haber cotizado a la Seguridad Social por una base superior a la establecida y cumplir con la edad legal y los años cotizados que exige la normativa. Es importante mencionar que no basta con haber cotizado por el máximo durante algunos años, sino que es necesario hacerlo durante los últimos 25 años.
En 2025, la base máxima permitida para los autónomos es de 4.909,50 euros, aplicable a quienes se encuentren en el tramo más alto de Rendimientos Netos Mensuales, es decir, aquellos con ingresos cercanos a 6.000 euros. Para determinar la pensión de jubilación, se toma en cuenta la base reguladora, que se obtiene al calcular la media de todas las bases de cotización de los últimos 25 años y dividir el resultado entre 350.

Es importante, claro, que el trabajador por cuenta propia tenga la edad de jubilación establecida para poder cobrar la pensión. Se ha establecido que la edad de jubilación vaya aumentando progresivamente hasta alcanzar en 2027 los 67 años.
La prestación que reciben los trabajadores por cuenta propia al abandonar la vida laboral es un promedio de todas las bases de cotización de los 300 meses anteriores a la fecha de la jubilación. Por ello, el cálculo consiste en multiplicar 300 por la base de cotización y dividir la cifra que resulte por 350.
No obstante, se debe tener en cuenta que a la hora de calcular la pensión de los autónomos jubilados no se produce la integración de lagunas como ocurre en los trabajadores por cuenta ajena. Esto significa que, si durante un periodo no se ha cotizado, el mismo no se completa con las bases mínimas vigentes, lo que perjudica en gran medida a determinados sectores.