Cada vez más parejas en España deciden convivir y formar una familia sin pasar por el registro civil o la iglesia. Las parejas de hecho son una realidad social creciente, pero ¿qué ocurre cuando esta relación termina y hay hijos en común? Aunque no exista un vínculo matrimonial, la ruptura plantea retos legales en la custodia, la pensión alimenticia o el régimen de visitas. Y muchas familias desconocen que la ley protege a los menores más allá del estado civil de sus progenitores.
Jorge Mesa Liñán, abogado especializado en derecho de familia, explica que “tener hijos en común genera derechos y obligaciones, incluso sin haber pasado por el juzgado para casarse. El bienestar de los menores está por encima de la formalidad legal de la pareja”.
Custodia, visitas y manutención: los pilares legales
Cuando una pareja de hecho se separa y hay hijos menores, se aplican las mismas normas que en un divorcio en lo que respecta al cuidado de los niños. El Código Civil establece que ambos progenitores tienen los mismos derechos y deberes hacia sus hijos, independientemente de si estuvieron casados o no.
Eso significa que, tras la ruptura, deben acordar —o, en su defecto, solicitar judicialmente— medidas sobre la custodia (exclusiva o compartida), el régimen de visitas y la pensión alimenticia. Si no hay acuerdo, será un juez quien decida atendiendo al interés superior del menor.
Mesa subraya que “muchas personas creen que al no estar casados no necesitan pasar por el juzgado, pero si hay menores de edad, es imprescindible establecer judicialmente las condiciones de la ruptura para que todo esté protegido legalmente”.
¿Qué pasa si no se regula por vía judicial?
Uno de los errores más comunes en las parejas de hecho que se separan es pensar que pueden resolver todo “de palabra”. Pero si no se establece por sentencia judicial, los derechos de los hijos —y de los propios progenitores— quedan en el aire. Esto puede dar lugar a conflictos por la custodia, por el impago de pensiones o por desacuerdos en las visitas.
Cualquier progenitor puede solicitar ante el juzgado de familia una demanda de medidas paternofiliales, que es el procedimiento legal adecuado para regular la situación cuando no hubo matrimonio. Allí se puede fijar la pensión de alimentos, la custodia y otras cuestiones clave. También es el marco que garantiza el cumplimiento: si una parte incumple, la otra podrá exigirlo legalmente.
Registro de la pareja de hecho: ¿hace alguna diferencia?
El hecho de estar inscritos como pareja de hecho en un registro autonómico puede tener efectos en otros ámbitos (herencias, pensiones de viudedad…), pero no cambia lo esencial: cuando hay hijos, lo que prevalece es el interés del menor.
Estén o no registrados, las parejas con hijos deben acudir a la vía judicial si quieren establecer un marco claro tras la separación. De lo contrario, quedan expuestos a incertidumbres legales y desprotección.
Conclusión: proteger a los hijos, siempre
Separarse sin haber pasado por el altar no exime de responsabilidades. Tener hijos en común implica deberes legales y la necesidad de regularlos judicialmente. Para garantizar que los menores estén protegidos y evitar futuros conflictos entre los progenitores, lo más recomendable es asesorarse con un profesional en derecho de familia.
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Porque, al final, lo más importante es que los hijos estén bien cuidados, sin importar el estado civil de sus padres.