Nuevos cambios para los autónomos. La Seguridad Social está recordando a través de sus redes sociales que estos trabajadores tienen que realizar un trámite obligatorio y tiene una fecha tope: el 30 de junio de 2025.
Esta actualización tiene que ver con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que no se actualiza desde 2009, y ahora es el momento. Según explica el organismo oficial en su página web, el CNAE09 pasará a ser ahora el CNAE-2025.
Esta actualización busca reflejar con mayor precisión la realidad económica actual y mejorar la calidad de las estadísticas públicas.
LA SEGURIDAD SOCIAL EXIGE A LOS AUTÓNOMOS LA ACTUALIZACIÓN DE SU CNAE
Los datos facilitados por los autónomos son necesarios en el nuevo sistema de cotización del RETA en función de los rendimientos netos, que entró en vigor el pasado año. Por otro lado, el Real Decreto modifica el Reglamento General de Recaudación, por el que se clarifican las condiciones del fraccionamiento en el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas, con un importe mínimo de 100 euros mensuales y un máximo de cinco años.

Este código CNAE es imprescindible para presentar información sobre la actividad económica de las empresas al INE (Instituto Nacional de Estadística), y es fundamental tenerlo actualizado. Más aún cuando en el mes de enero se modernizó la normativa que se quedó obsoleta ya que era de 2009.
¿CUÁL ES EL PLAZO PARA COMUNICAR LA ACTIVIDAD?
El periodo reservando a la presentación del código CNAE-2025 da su pistoletazo de salida el 1 de marzo y finalizará el 30 de junio de 2025. Esta obligación recae sobre los empresarios autónomos y los negocios dados de alta previamente a la entrada en vigor de la clasificación nueva.
Las nuevas altas de autónomos que se produzcan a partir del día 17 de enero deben de cumplimentar desde el momento de la solicitud de la alta su actividad según la CNAE-2025.
El código CNAE no sólo es la base de clasificación de actividades, sino que también afecta el cálculo de las primas por contingencias profesionales, como accidente laboral o enfermedad. Una incorrecta codificación podría derivar en errores en sus pagos, como por ejemplo, en la pérdida de coberturas.

En consecuencia, los autónomos deben revisar la actividad económica que cumple la CNAE-2025 y asegurarse de elegir el código correspondiente.
Con todo, además, este nuevo trámite, los graduados sociales afirmaron que esta nueva obligación implicará un aumento de la carga administrativa innecesaria para los autónomos y los profesionales que actúan en su nombre. Según su opinión, Seguridad Social debería tener la capacidad para realizar los cambios por sí misma, y no obligar a los negocios a cumplir un nuevo trámite.
QUE LOS AUTÓNOMOS NO MODIFIQUEN SU CNAE PUEDE TENER SANCIONES IMPORTANTES Y COMPLICACIÓN EN FUTURAS GESTIONES
No modificar el código CNAE puede tener como consecuencia sanciones y una complicación en las futuras gestiones con la Seguridad Social, o en el peor de los casos, discrepancias que tendrán como origen la tarifa de primas de riesgos laborales o bloqueos administrativos que tendrán como causa el retraso en los trámites importantes.
A la vez, se amplía la obligatoriedad de la domiciliación bancaria en el pago de las cuotas a los empleados del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, en el periodo de inactividad, y para los trabajadores con convenios especiales con la Seguridad Social. De esta manera, se propone brindar una mayor seguridad jurídica para estos trabajadores.