En España, encender un cigarrillo al volante no es, por ahora, una infracción como tal. La ley no prohíbe expresamente fumar dentro del coche. Pero eso no significa que estés libre de sanciones. La Dirección General de Tráfico (DGT) puede multarte con hasta 200 euros si detecta que el cigarro compromete tu seguridad o la de los demás.
Porque sí, fumar dentro del vehículo está permitido, pero solo hasta que se convierte en una distracción o un riesgo. Y eso, como veremos, ocurre con más frecuencia de lo que muchos conductores imaginan. La DGT lleva años advirtiéndolo: no es solo una cuestión de libertad personal, sino de responsabilidad vial.
1La DGT no prohíbe fumar, pero sí cómo y cuándo lo haces

Fumar al volante no aparece en ninguna ley como una infracción directa. Pero sí puede derivar en una multa si se interpreta que afecta la capacidad de conducción. Y para eso, la DGT tiene base legal: el artículo 18 del Reglamento General de Circulación establece que el conductor debe mantener siempre su atención, libertad de movimientos y campo de visión.
¿Y qué tiene que ver esto con el tabaco? Pues mucho. Encender un cigarrillo, llevarlo a la boca, buscar el mechero o simplemente sacudir la ceniza implica apartar la vista de la carretera, soltar una mano del volante y, muchas veces, generar humo en el habitáculo. Pequeños gestos que, sumados, pueden costarte caro.
En los últimos años, la DGT ha reforzado su campaña contra las distracciones al volante. No solo los móviles están en el punto de mira: también el tabaco. Agentes de tráfico en comunidades como Madrid, Cataluña o Andalucía ya han multado a conductores por manipular cigarrillos, generar humo excesivo o tirar colillas por la ventanilla. En cada caso, la sanción se ha justificado por un motivo claro: la seguridad.