Con la llegada del fin de un contrato laboral o un despido inesperado, muchas personas se ven en la urgencia de tramitar cuanto antes la prestación por desempleo. Sin embargo, lo que a menudo parece un trámite inmediato, puede convertirse en una carrera de obstáculos si no se cumplen ciertas condiciones. El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) ha vuelto a recordarlo con claridad: no puedes solicitar tu prestación si aún te quedan días de vacaciones por disfrutar.
Detrás de esta norma no solo hay una cuestión administrativa. La entidad pública recuerda que la prestación por desempleo no es un derecho automático, sino una ayuda sujeta a reglas muy concretas. Y cuando alguna de ellas no se cumple, el SEPE puede dar de baja la ayuda de forma inmediata.
4Requisitos que no se pueden ignorar
Para poder acceder a la prestación por desempleo, no basta con quedarse sin trabajo. Existen ciertos requisitos fundamentales que el SEPE exige y que, de no cumplirse, pueden impedir el cobro de la ayuda. Estos son los principales:
Estar en situación legal de desempleo. Es decir, haber perdido el empleo de forma involuntaria, ya sea por despido, finalización de contrato o reducción de jornada.
Haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Solo así se puede acceder a la prestación contributiva. Si no se llega a ese mínimo, el solicitante podrá optar a un subsidio por desempleo, con condiciones diferentes.
Darse de alta como demandante de empleo. Este paso debe realizarse en los servicios autonómicos de empleo o en las oficinas del SEPE.
Solicitar la ayuda en el plazo de 15 días hábiles. Tal como se explicó anteriormente, el periodo comienza una vez terminadas las vacaciones pendientes o desde la fecha de despido si no existen días acumulados.
No haber rechazado ofertas de empleo adecuadas ni negarse a participar en programas de formación. Esta es una de las causas más frecuentes por las que el SEPE da de baja una prestación.
Además, es esencial que la documentación esté completa, incluyendo el certificado de empresa, la carta de despido o fin de contrato y la vida laboral actualizada.