Especial 20 Aniversario

El exviceconsejero Barberá sale de prisión tras acceder al tercer grado en su condena por los ERE

En un giro inesperado en el caso de Agustín Barberá, exviceconsejero socialista de Empleo, la Junta de Tratamiento de la prisión de Puerto III ha concedido al condenado el régimen de tercer grado penitenciario, permitiéndole así acceder a la libertad condicional. Esta decisión, que ha sido ratificada por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, se produce a pesar de que la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla había rechazado anteriormente su solicitud de suspensión de la pena de cárcel.

El caso de Barberá se enmarca en el escándalo de los ERE (Expedientes de Regulación de Empleo) fraudulentos de la Junta de Andalucía, por el cual fue condenado a siete años y un día de prisión por malversación. Sin embargo, su delicado estado de salud, derivado de una «enfermedad grave incurable», ha sido el factor determinante para que las autoridades penitenciarias hayan decidido concederle este importante beneficio.

TERCER GRADO Y LIBERTAD CONDICIONAL PARA BARBERÁ

La decisión de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Puerto III, donde Barberá ingresó el pasado 11 de abril de 2023, ha sido el punto de partida de este proceso. Según las fuentes consultadas, la medida adoptada inicialmente por dicha junta ha sido posteriormente ratificada por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, contando además con el visto bueno de la Fiscalía y del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

Este giro en el caso de Barberá se produce en un contexto marcado por la reciente decisión del Tribunal Constitucional de estimar parcialmente los recursos de amparo presentados por otros exaltos cargos socialistas condenados por el «procedimiento específico» de financiación de los ERE fraudulentos. Dicha resolución del TC, que ha supuesto la anulación de las condenas de algunos de los implicados, ha llevado a la defensa de Barberá a solicitar su puesta en libertad.

Sin embargo, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha desestimado esta petición, argumentando que el recurso de amparo de Barberá es «personalísimo» y, por lo tanto, los efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional no se extienden automáticamente a otros condenados. Así, la Audiencia ha recalcado que la condena de Barberá sigue firme, pues este no recurrió en amparo ante el TC.

EL TRATAMIENTO MÉDICO EN LA CÁRCEL

Uno de los elementos clave en esta decisión ha sido el hecho de que, tal y como reconoció la propia Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, Barberá «padece una enfermedad grave incurable». Si bien en un principio el tribunal consideró que el tratamiento prescrito para el exviceconsejero podía ser dispensado en el centro penitenciario, la Junta de Tratamiento ha determinado que la mejor opción es concederle el tercer grado y la libertad condicional.

De esta forma, Barberá podrá continuar con su tratamiento médico fuera de la prisión, lo que sin duda mejorará su calidad de vida y le permitirá acceder a una atención más personalizada y adecuada a sus necesidades. Esta decisión refleja el compromiso de las autoridades penitenciarias por velar por el bienestar de los internos, especialmente aquellos que se encuentran en una situación de salud delicada.

La decisión de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Puerto III de conceder el tercer grado penitenciario y la libertad condicional a Agustín Barberá, exviceconsejero socialista de Empleo, supone un giro importante en el caso de los ERE fraudulentos de la Junta de Andalucía. Si bien Barberá fue condenado a una pena de prisión, su delicado estado de salud ha sido determinante para que las autoridades penitenciarias hayan optado por esta medida, en aras de garantizar una atención médica más adecuada y mejorar su calidad de vida.

Este desenlace, que ha sido respaldado por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, la Fiscalía y el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, pone de manifiesto la importancia de los criterios médicos y humanitarios a la hora de tomar decisiones en el ámbito penitenciario. Asimismo, refleja la complejidad y los matices que pueden surgir en torno a este tipo de casos, donde los derechos y el bienestar de los internos deben ser considerados junto a los aspectos legales y judiciales.

EL CASO BARBERÁ Y EL ESCÁNDALO DE LOS ERE FRAUDULENTOS

Agustín Barberá fue condenado a siete años y un día de prisión por su implicación en el escándalo de los ERE fraudulentos de la Junta de Andalucía, un mecanismo de financiación irregular de expedientes de regulación de empleo que derivó en ayudas arbitrarias a diversas empresas. La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla lo encontró culpable de malversación de caudales públicos en este procedimiento.

Cabe destacar que el caso de los ERE fraudulentos ha salpicado a varios exaltos cargos del Partido Socialista en Andalucía, entre ellos la exministra Magdalena Álvarez, el exconsejero Antonio Fernández y la exconsejera Carmen Martínez Aguayo, quienes también fueron condenados por este escándalo. Recientemente, el Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente los recursos de amparo de algunos de estos implicados, anulando sus condenas y ordenando a la Audiencia de Sevilla que dicte nuevas sentencias.

Sin embargo, en el caso de Agustín Barberá, la Sección Primera de la Audiencia ha rechazado su petición de libertad, argumentando que su condena sigue firme al no haber recurrido en amparo ante el Tribunal Constitucional. Esta decisión ha sido determinante para que las autoridades penitenciarias hayan optado por concederle el tercer grado y la libertad condicional, teniendo en cuenta su delicado estado de salud.

LA DECISIÓN DE LA JUNTA DE TRATAMIENTO DE LA CÁRCEL

La decisión de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Puerto III de otorgar el tercer grado penitenciario a Agustín Barberá ha sido un paso clave en este proceso. Según las fuentes consultadas, esta medida adoptada inicialmente por la junta de tratamiento ha sido posteriormente ratificada por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, contando además con el visto bueno de la Fiscalía y del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

Es importante destacar que la concesión del tercer grado y la libertad condicional a Barberá se produce a pesar de que la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla había denegado previamente su solicitud de suspensión de la pena de cárcel. En su momento, el tribunal reconoció que Barberá «padece una enfermedad grave incurable», pero consideró que el tratamiento prescrito podía ser dispensado en el centro penitenciario.

Sin embargo, la Junta de Tratamiento de la cárcel ha determinado que la mejor opción para Barberá es acceder al régimen de tercer grado y a la libertad condicional, lo que le permitirá continuar su tratamiento médico fuera de la prisión y mejorar su calidad de vida. Esta decisión refleja la importancia que las autoridades penitenciarias han otorgado a los criterios médicos y humanitarios en este caso.

EL IMPACTO DE LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

La resolución del Tribunal Constitucional de estimar parcialmente los recursos de amparo presentados por otros exaltos cargos socialistas condenados por el «procedimiento específico» de financiación de los ERE fraudulentos ha sido un elemento clave en el desarrollo del caso de Agustín Barberá.

Después de que el TC anulara las condenas de algunos de los implicados en este escándalo, como Magdalena Álvarez, Antonio Fernández, Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, Jesús María Rodríguez Román y Miguel Ángel Serrano Aguilar, la defensa de Barberá solicitó su puesta en libertad, argumentando que debía beneficiarse de los efectos de dicha resolución.

Sin embargo, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha desestimado esta petición, explicando que el recurso de amparo de Barberá es «personalísimo» y, por lo tanto, los efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional no se extienden automáticamente a otros condenados. Además, la Audiencia ha recalcado que la condena de Barberá sigue firme, ya que este no recurrió en amparo ante el TC.

Esta decisión de la Audiencia ha sido determinante para que las autoridades penitenciarias hayan optado por conceder a Barberá el tercer grado y la libertad condicional, teniendo en cuenta su delicado estado de salud y sin que ello suponga una extensión de los efectos de la resolución del Tribunal Constitucional a su caso.