La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido una resolución que confirma la condena impuesta a un padre por cometer abusos sexuales a su hija de cinco años de edad durante los meses de diciembre de 2021 y enero de 2022. La decisión ratifica la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería, que lo había condenado a cinco años y un día de prisión.
En el fallo, el tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado, quien había argumentado error en la valoración de la prueba y vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Sin embargo, la Sala de Apelación consideró que la instancia inferior había realizado un análisis minucioso del testimonio de la menor y del conjunto de la prueba practicada, concluyendo que solo el testimonio de la menor merece crédito, sin margen de duda razonable.
La Condena Ratificada
La sentencia condenatoria impuesta al padre de la menor establece una pena de cinco años y un día de prisión. Además, se le prohíbe aproximarse a menos de 500 metros de la víctima y comunicarse con ella por cualquier medio durante siete años. Asimismo, se le impone una inhabilitación especial para profesiones, oficios o actividades que supongan contacto regular y directo con menores por diez años.
Adicionalmente, el tribunal ha ordenado la medida de libertad vigilada durante ocho años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad. En cuanto a la responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la víctima con la suma de 7.000 euros más los intereses legales correspondientes.
Los Hechos Probados
Según los hechos probados recogidos en la sentencia, el padre biológico de la menor, quien no la había reconocido legalmente, convivía con ella en la vivienda de Vera (Almería) durante los meses de diciembre de 2021 y enero de 2022. En estas horas nocturnas y en varias ocasiones, el acusado se tumbaba boca arriba y colocaba a la menor sobre sus genitales, quitándole previamente las braguitas y el pantalón del pijama, moviendo a la niña hacia delante y hacia atrás, frotando sus genitales con los de la menor hasta eyacular.
Debido a la corta edad de la menor, «la misma no era consciente del acto realizado y sus consecuencias», lo que agrava aún más la gravedad del hecho.
En conclusión, la Justicia ha confirmado la condena al padre por los abusos sexuales cometidos contra su hija de cinco años de edad, reafirmando la gravedad de los hechos y la necesidad de proteger a los menores de este tipo de situaciones.