Especial 20 Aniversario

ASEICA señala que las mejoras en las becas de investigación previas a 2011 siguen siendo insuficientes

La Asociación Española de Investigación sobre el Cáncer (ASEICA) considera que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Pensiones ha dado un paso en la dirección correcta al incorporar algunas de las reclamaciones en relación con la orden ministerial ISM/386/2024, que regula la recuperación de los derechos sociales para becarios en investigación con anterioridad al año 2011.

Sin embargo, la organización considera que estas medidas son «insuficientes» y que aún quedan «cuestiones relevantes» sin resolver, principalmente en lo referido a los períodos de cobertura y la cuantía de los pagos.

Las reivindicaciones de ASEICA se remontan a las becas anteriores a la Ley 27/2011, cuando los becarios no cotizaban a la Seguridad Social ni tenían derechos laborales básicos, como las bajas médicas, que hoy son de obligado cumplimiento.

En 2023, el Real Decreto-Ley 2/2023 estableció la posibilidad de suscribir un convenio especial para regularizar inicialmente dos años, y posteriormente cinco, de aquel período de formación. Desde entonces, ASEICA y otras entidades han presentado reclamaciones y alegaciones a este Decreto Ley.

AVANCES INSUFICIENTES EN LA NUEVA ORDEN MINISTERIAL

La situación empeoró en mayo del 2024, cuando se publicó una Orden Ministerial que permitía la regularización de 5 años «de formación», pero con la base de cotización actual (año 2024) e incluyendo los costes del empleado y del empleador. ASEICA y otras entidades trasladaron su disconformidad con estas medidas al secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez Corujo.

Sin embargo, ASEICA aprecia que en el reciente BOE del 1 de agosto se reconozcan desde el Ministerio «peticiones de revisión» por parte de agentes sociales y de diferentes entidades, entre las que se encuentra ASEICA, en relación a «determinados aspectos del régimen jurídico que consideran excesivamente gravosos«.

Entre las medidas recogidas en esta modificación se encuentran: rebajar el coste del convenio especial utilizando como base de cotización la del año correspondiente; flexibilizar el pago de la cuota, posibilitando el fraccionamiento hasta un máximo de 84 mensualidades; ampliar el plazo de suscripción hasta diciembre del 2028; agilizar los trámites de acreditación por parte de las universidades, centros educativos o empresas; facilitar el cómputo de los períodos trabajados, y efectos retroactivos para solicitudes que estén en vigor o no hayan sido resueltas con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden.

MEDIDAS INSUFICIENTES SEGÚN ASEICA

La presidenta de ASEICA, Marisol Soengas, se ha mostrado complacida por el hecho de que se hayan aceptado medidas que la organización reclamaba, como que la base de cotización sea la del año que se pretende recuperar y no la del año 2024.

Sin embargo, Soengas lamenta que «no se hayan atendido las peticiones de poder regularizar todo el tiempo trabajado, y que el solicitante tenga que cubrir costes adicionales que le deberían de corresponder al empleador«.

Además, la representante de ASEICA indica que el equipo legal de la organización está revisando con detalle el texto de esta orden sobre el máximo de años recuperables, que parecen ser cinco (1825 días), pero cuya redacción resulta «confusa» para los casos que hubiesen solicitado una regularización anterior.

En conclusión, si bien ASEICA reconoce algunos avances en la nueva Orden Ministerial, considera que estas medidas son insuficientes y que aún quedan importantes reivindicaciones sin atender, lo que demuestra la necesidad de un diálogo más profundo y efectivo entre el Ministerio y las organizaciones representativas del sector de la investigación.