El Supremo confirma 15 años de prisión a la mujer que decapitó a su pareja en Castro Urdiales

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 15 años de prisión impuesta a Carmen Merino, la mujer que en febrero de 2019 asesinó a su pareja, el banquero vasco Jesús María Baranda, en la localidad cántabra de Castro Urdiales. La sentencia ratifica que Merino participó de forma activa e intencional en la muerte violenta de Baranda, a pesar de que no se haya podido determinar con exactitud el modo en el que se produjo el crimen.

El alto tribunal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la defensa de Merino, quien había sido condenada previamente por un delito de homicidio con la agravante de parentesco. Antes del juicio oral, la acusada se enfrentaba a una petición de 25 años de cárcel por parte del fiscal, quien la acusaba de asesinato.

EL MACABRO HALLAZGO DE LA CABEZA DE LA VÍCTIMA

Según la investigación, la muerte de Baranda fue de carácter violento, ya que su cadáver fue decapitado con instrumentos adecuados para ello. Sin embargo, las circunstancias exactas del crimen siguen siendo desconocidas. Lo que sí pudo probarse es que Merino manipuló el paquete que contenía la cabeza de la víctima, el cual entregó meses después a una amiga suya con la indicación de que no lo abriera, alegando que contenía juguetes sexuales.

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Los magistrados del Supremo destacan que el único vestigio que queda de la muerte es la cabeza de la víctima, hallada en septiembre de 2019 dentro de una caja envuelta con papel de regalo. Este macabro descubrimiento, unido a la adquisición de herramientas como motosierras, martillos y sierras por parte de la acusada, así como a su búsqueda de información en internet sobre aspectos legales relacionados con desapariciones, cobros de pensión y repartos de herencia, fueron elementos clave que acreditaron la participación de Merino en la muerte de su pareja.

EL MÓVIL ECONÓMICO DEL CRIMEN

La investigación también apuntó a un posible móvil económico detrás del asesinato, ya que Baranda había nombrado a Merino como heredera universal en su testamento. Además, la acusada no proporcionó ninguna explicación razonable sobre los hechos y circunstancias que rodearon el hallazgo de la cabeza de la víctima en su ámbito de dominio.

Para el Tribunal Supremo, el conjunto de actuaciones realizadas por la acusada permite acreditar su participación en la muerte violenta de Baranda, a pesar de que no se haya podido determinar el modo concreto en el que se produjo el crimen. En todo caso, los magistrados consideran probada la intervención dolosa de Merino en el asesinato de su pareja.

La sentencia, que es firme y contra la cual no cabe recurso, impone a la condenada el pago de las costas procesales y establece una indemnización de 20.000 euros a cada uno de los dos hijos mayores de edad de la víctima, así como una indemnización de 18.000 euros a su hermano.

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