El TSJA absuelve a un joven que la Audiencia de Teruel condenó por abuso sexual

La justicia española ha dictado una sentencia sorprendente en un caso de abuso sexual a una menor. La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha estimado el recurso presentado por un ciudadano, revocando así la condena previa a un año de prisión por parte de la Audiencia Provincial de Teruel.

En el fallo, los magistrados del TSJA argumentan que no existen pruebas suficientes para destruir la presunción de inocencia del acusado, a pesar de la denuncia presentada por la víctima, una menor de 16 años. La resolución ha sido muy debatida, generando controversia en la opinión pública.

Falta de Potencial Probatorio en el Testimonio de la Víctima

La Sala del TSJA comparte los argumentos del recurrente sobre la falta de potencial probatorio en la declaración de la víctima para destruir la presunción de inocencia. Los magistrados analizan con detenimiento la conversación que la menor mantuvo con sus compañeras de colegio en agosto de 2021, la cual dio origen a las actuaciones judiciales.

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Según el tribunal, esta conversación no constituye una prueba sólida, pues se produjo en un entorno poco propicio para garantizar la espontaneidad del relato de la víctima. Además, señalan que el posterior informe de credibilidad del testimonio tampoco es suficiente para enervар la presunción de inocencia.

Ausencia de Corroboración Periférica

En segundo lugar, la Sala del TSJA considera que no existe corroboración periférica de los hechos denunciados. Ni el informe médico ni las declaraciones de la madre de la víctima, quien desde el principio expresó sus dudas sobre lo manifestado por su hija, son considerados pruebas válidas por el tribunal.

Los magistrados subrayan que, en ausencia de elementos de corroboración que respalden la versión de la víctima, no se puede concluir con la seguridad requerida que los hechos declarados probados en la sentencia de primera instancia hayan ocurrido efectivamente.

Falta de Espontaneidad en el Relato de la Víctima

Por último, el tribunal afirma haber apreciado en el examen del visionado de la prueba preconstituida una falta de espontaneidad en el relato de la menor. Según los magistrados, la víctima sigue la senda trazada por las preguntas que le fueron dirigidas, lo que avala la hipótesis de la sugestión planteada por la defensa.

Esta circunstancia, sumada a las consideraciones anteriores, lleva a la Sala del TSJA a concluir que la prueba presentada no es suficiente por sí sola para destruir la presunción de inocencia del acusado. Por ello, se ha estimado el recurso y se ha revocado la sentencia de la Audiencia Provincial, absolviendo al ciudadano procesado.

Esta resolución judicial ha generado un intenso debate en la sociedad española, pues pone de manifiesto la complejidad de los casos de abuso sexual a menores y la necesidad de contar con pruebas contundentes que permitan garantizar la justicia y la protección de las víctimas.

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