España carece de herramientas ágiles para identificar a víctimas de trata, según el Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha avisado de que España no ha conseguido desarrollar herramientas adecuadas para la identificación de las víctimas de trata y para alcanzar un procedimiento ágil al respecto. Además, durante el año pasado, ha instado a la Dirección General de Política Interior, dependiente del Ministerio de Interior, a dar un «trato diferenciado» a las personas en situación de vulnerabilidad, como este colectivo.

Así lo pone de manifiesto en el informe anual de actividad de 2022 de la Institución, presentado este lunes en el Congreso de los Diputados en el que insiste en la necesidad de valorar con especial atención este tipo de casos para evitar la desprotección.

El Defensor del Pueblo ha dado traslado a la Administración de las conclusiones alcanzadas, con motivo de un caso concreto en el que se apreció que el hecho de que la interesada tuviera que formular una segunda solicitud de protección internacional, tras desestimarse la primera, y que en ésta sí fuera capaz de exponer un relato mucho más largo y detallado, sin incoherencias y describiendo expresamente parte de los abusos sufridos, «prueba que los procedimientos acelerados no permiten un adecuado estudio de las necesidades de protección internacional».

En este caso, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) había emitido un informe favorable para su admisión a trámite y advirtió, desde la primera solicitud, que la interesada no estaba en condiciones de realizar dicho trámite, dado su estado psicológico y sus necesidades específicas. Sin embargo, la solicitud fue inadmitida. «La adopción de ciertas cautelas desde el primer momento habría evitado que la interesada permaneciera un mes y medio en el aeropuerto», ha expuesto el Defensor del Pueblo.

A tenor de las cifras, la institución considera que España no ha conseguido desarrollar herramientas adecuadas para la identificación de mujeres y niñas víctimas de trata para alcanzar un procedimiento ágil al respecto. Y, en este sentido, el Defensor del Pueblo ha trasladado a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras su preocupación por el hecho de que no desplazara ningún efectivo de la Unidad Central de Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales (UCRIF) a entrevistar a la interesada, unido a que el Protocolo Marco de Protección de Víctimas de Trata de Seres Humanos se haya activado tan solo seis veces entre 2019 y 2021, en un puesto fronterizo tan transitado como el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas.

IDENTIFICACIÓN DE MENORES

Asimismo, el Defensor del Pueblo ha dado por concluidas las actuaciones iniciadas en 2018, tras la queja interpuesta por una asociación por las deficiencias producidas en el procedimiento que se siguió para identificar las necesidades específicas de protección de una menor, tutelada por la Comunidad de Madrid, víctima de trata y solicitante de protección internacional. La menor desistió de su solicitud de protección internacional y no fue identificada como víctima de trata hasta que ella misma interpuso una denuncia.

Según relata Gabilondo, la entidad de protección de menores ha reconocido la existencia de carencias en el procedimiento y desconocimiento de la compatibilidad de los procedimientos administrativos de identificación y autorización de residencia de víctimas de trata y de protección internacional. Aclarado este aspecto, confía en que no se producirán nuevas disfunciones, tal y como recoge el informe.

Igualmente, en el informe se señala que la entidad manifestó ser consciente de que es necesario reforzar la formación de los profesionales de este sector, por ello, y que se está fortaleciendo el programa formativo y la coordinación con la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), así como con entidades especializadas. Asimismo, explica que comunicó que en la mesa de coordinación existente en la materia se ha abordado la tramitación de la documentación de aquellos menores que son al mismo tiempo solicitantes de protección y victimas de trata, y el hecho de ser innecesario desistir de uno u otro procedimiento para obtener la documentación y pertinente protección.

Respecto a la Dirección General de Política Interior, la memoria del Defensor da cuenta de que este departamento considera que sí se tuvo en cuenta el interés superior de la niña en su decisión de desistir de la solicitud de protección internacional y ha recordado que el papel del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) con relación a los expedientes.

A juicio del Defensor del Pueblo, una vez examinada toda la documentación y las respuestas de las administraciones implicadas, no se puede concluir que la menor tuviera pleno conocimiento de las consecuencias de renunciar a su solicitud de protección internacional, ni se desprende que la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) activara el Protocolo Marco de Protección de Víctimas de Trata de Seres Humanos, aunque sí se hizo constar en el expediente la existencia de posibles indicios. Fue la propia menor quien interpuso denuncia ante la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, asesorada por una entidad especializada.