Archivada una denuncia contra una supuesta trama de trata que operaba en Usera (Madrid)

El juez de Instrucción número 2 de Madrid ha archivado una denuncia contra una supuesta trama de trata de seres humanos que operaba en un piso de Usera donde se ejercía la prostitución y se vendía supuestamente drogas al no quedar acreditados los delitos.

Así consta en un auto en el que se acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones respecto a dos investigados, defendidos por el despacho penalista Ospina Abogados, y al que se mostró conforme el fiscal, al no aparecer debidamente justificada la perpetración de los delitos investigados.

El procedimiento se inició como consecuencia de una denuncia en la que una mujer ponía de manifiesto la existencia de coacciones con ocasión del ejercicio voluntario de la prostitución en un piso de Usera, así como la venta de droga en dicho piso, sobre todo viagra.

La denuncia se dirigía contra la encargada de dicha actividad y su pareja por un delito de trata de seres humanos y contra la salud pública.

La Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras-UCRIF Grupo 6 inició unas diligencias para la investigación de un presunto delito de trata de seres humanos en ese mismo establecimiento.

En la entrada y registro al domicilio, los agentes de la Policía identificaron a seis personas que ejercían la prostitución, entre ellas la denunciante.

En la instrucción, el juez tomó declaración a hasta siete perjudicadas, mujeres que prestaban servicios sexuales en dicho establecimiento y quienes manifestaron que ejercían voluntariamente, sin «coacción ni amenaza ni extorsión alguna».

Las mujeres se limitaron a quejarse de las condiciones del inmueble o de la organización, o limitándose a hacer imputaciones más o menos genéricas, que por sí solas no pueden sostener la imputación penal.

Tras las pesquisas, el magistrado determina que la ausencia de material incriminatorio suficiente conlleva en esta fase de instrucción el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

«El procesamiento exige que la hipótesis de la comisión del delito y la participación en él del inculpado sea al menos tan posible o fuerte como la contraria. Estamos en un escalón superior al necesario para tomar declaración como imputado y por supuesto, muy por encima de la verosimilitud que justifica la incoación de unas diligencias penales», recoge la resolución.