Responsabilidad del accidente de un conductor que sufre un infarto al volante

Que el derecho es una de las disciplinas más complejas que existe es algo que podemos ver cada día en cualquier hecho que acontezca. Los que tienen como ámbito de aplicación la conducción son uno de los más recurrentes. Un hecho acontecido en las Islas Baleares y en el que un conductor que sufre un infarto al volante y causa un accidente. ¿Queda exonerado de los daños causados? ¿Es un supuesto de fuerza mayor? Un caso que, aunque presente complejidad, si es debidamente guiado por una profesional del derecho como Lauren Martínez puede suponer un tema que sea favorable a nuestros intereses. Esta profesional es abogada especialista en 25 años en reclamaciones de accidentes de circulación.

Accidente Conductor

La compleja legislación en materia de tráfico

En un caso como este, se cuestiona si al conductor de autobús que sufre un infarto al volante y causa un accidente puede ser considerado fuerza mayor y por tanto exonera de responsabilidad al conductor y a la aseguradora del vehículo. Esto es lo que se vio en un tribunal de la Audiencia Provincial las Islas Baleares, si el caso de este episodio cardíaco puede equipararse al igual que una distracción, una somnolencia o un deslumbramiento. Pero tal y como se pronunció la audiencia, la exoneración de responsabilidades no es algo que tenga cabida en este caso tan peculiar.

La resolución considera que un infarto de miocardio no puede ser considerado un supuesto de «fuerza mayor» que exonere de la responsabilidad. Y es que el artículo 1.1 del Real Decreto sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos, un suceso que vincule al conductor no puede ser considerado fuerza mayor y, por tanto, que exonere la responsabilidad, pues así lo establece el que excluye condiciones o circunstancias que sean inherentes al conductor.

Por tanto, y según determina la audiencia, no cumple el requisito de que la circunstancia sea «extraña a la conducción o al funcionamiento». La carga de la prueba corresponde a la compañía del siniestrado para desmontar la presunción de previsibilidad de la circunstancia. Como la compañía del conductor del autobús no da pruebas de cuál era el estado de salud previo del conductor, en el caso inicial que nos ocupa, (por ejemplo, no ha probado que no sufriera un episodio anterior o que su estado de salud fuese en general adecuado). Por tanto, debe presumirse que el infarto era algo previsible, máxime en una persona de una edad avanzada, ya que contaba con casi sesenta años.

Por otro lado, otras sentencias han coincidido con la de la audiencia balear al considerar el infarto un hecho no atribuible en los supuestos de fuerza mayor, al ser una condición propia del conductor, tal como una somnolencia o un descuido. El infarto de miocardio no puede ser, por tanto, considerado un evento que exonere la responsabilidad. Para ello, debe aplicarse el régimen general civil de daños del artículo 1.902 del Código Civil y el artículo 76 de la Ley del Contrato de Seguro.

Como puede verse, asuntos complejos como este pueden volver a darse. Todo lo que acontece en materia de circulación es siempre complejo, y los procesos pueden llegar a dilatarse en el tiempo o no resultarnos favorables si no se escoge a una profesional especializado. Disponer siempre de un asesoramiento que parte de la experiencia y el conocimiento de lo que se tiene entre manos. Profesionales con una trayectoria destacada y que se ponen a tu disposición.

En este tipo de cuestiones,  tan complejas y con muchos frentes abiertos a la vez, la elección correcta del mejor asesoramiento legal puede ser un buen punto de partida. Los accidentes de tráfico siguen siendo cuestiones en las que los abogados intervienen, ya que son muchas las partes que entran en juego, como las compañías aseguradoras o los profesionales sanitarios. Afortunadamente, la cifra de siniestros ha decaído progresivamente a medida que tanto las vías como los vehículos son más seguros, pero en 2021 fueron 1004 personas las que se dejaron la vida en la carretera en nuestro país. Por tanto, contar con el mejor asesoramiento legal si eres un afectado de cualquier cuestión relacionada con el tráfico es siempre un buen punto de partida.

En cuestión de tráfico, se trata de procedimientos que pueden llegar a dilatarse. Tener a nuestro lado a profesionales del derecho especializados en esta materia supone siempre un alivio. La diferencia entre lograr una sentencia que nos favorezca o perder el procedimiento es algo que siempre debemos valorar. En cuestiones de tráfico no vale «un abogado cualquiera», solo podemos dar por válida la opción de una profesional como Lauren Martínez, que con 25 años de experiencia cuenta con una trayectoria intachable y con un amplio número de casos favorables. Hay mucho en juego como para dejarlo en manos no autorizadas.